REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de julio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KP02-S-2015-003828
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos YENNIFER ZULIMAR COLMENAREZ PEÑA y YITZON YONEY PALMA CUEVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 25.526.413 y V- 16.868.310, respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la abogado en ejercicio MIRIAM ARACELIS CUELLO ACOSTA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 138.638, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes YENNIFER ZULIMAR COLMENAREZ PEÑA y YITZON YONEY PALMA CUEVAS ya identificados, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificados en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, en un lote de terreno Ejido, cuya ubicación, medidas, características y linderos constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de los ciudadanos YENNIFER ZULIMAR COLMENAREZ PEÑA y YITZON YONEY PALMA CUEVAS, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
LA JUEZ



ABG. JOHANNA MENDOZA TORRES
La Secretaria,

Abg. Liliana Santeliz
En esta misma fecha se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria
dp