REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de Julio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: KP02-V-2015-1677
DEMANDANTE: ZULAY MARGARITA VILORIA DE VIVENES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.252.992, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE CERESINI, inscrito en el I. P. S. A. bajo el N° 92.452.-
DEMANDADO: DOLORES MARGARITA PEREZ DE VILORIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.538.700.-
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA
En fecha 20 de Julio de 2015, mediante diligencia la ciudadana DOLORES MARGARITA PEREZ DE VILORIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.538.700, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JESUS HIGUERA, inscrito en el I. P. S. A. bajo el N° 158.719, se dio por citada y reconoció que la firma del documento original es su propia firma y el contenido de dichos documentos de opción de compra-venta corresponden a su voluntad libre de todo tipo de presión o vicio de la voluntad. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del Código Civil, declara Reconocido única y exclusivamente en su contenido y firma el documento privado que riela al folio dos (02) fte, del presente expediente.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los veintitrés (23) días del mes de Julio del año dos mil quince (2015). Años: 205° y 156°.
La Jueza Temporal
Abg. Emma Cristina García Moreno
La Secretaria,
Abg. Ilse Gonzales
La Sec.
EG/IG/OG