REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 23 de julio de 2015
205º y 156°

ASUNTO: KP02-V-2015-1870
DEMANDANTE: EMILIO JOSÉ VELAZCO MUJICA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: V-15.730.169.
DEMANDADA: PLACIDO DANIEL MUJICA MUJICA Y LUDMILA NAYANDU MUJICA FAJARDO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-1.236.223 y V-5.700.236.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA
En fecha 22 de julio de 2015 comparecieron los ciudadanos PLACIDO DANIEL MUJICA MUJICA Y LUDMILA NAYANDU MUJICA FAJARDO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-1.236.223 y V-5.700.236, donde reconocen el documento que riela a los folios tres y cuatro (03 y 04) del presente asunto, por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del Código Civil, declara Reconocido única y exclusivamente en su contenido y firma el documento privado que riela a los folios tres y cuatro (03 y 04) del presente expediente. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los 23 días del mes de julio del año 2015. Años: 205° y 156°.

La Jueza

Abg. Emma García
La Secretaria

Abg. Ilse Gonzales