REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiséis de junio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: TP11-R-2014-000055
ASUNTO PRINCIPAL: TP11-L-2014-000111
PARTE ACTORA: LUIS ALFREDO GRATEROL GRATEROL, MARIO SEGUNDO BRICEÑO, REMIGIO ANTONIO FERNANDEZ PERDOMO, ROBERTO ANTONIO ALVAREZ BENITEZ, ROBERTO CLEMENTE DABOIN SALAS, NARCISO ANTONIO VILORIA, YONNY JAVIER DOMINGUEZ GONZALEZ, EDGAR JAVIER DOMINGUEZ, ORLANDO RAMON DELGADO, WOLFAN GRATEROL, BENITO JOSE GIL MACIAS, JUAN BAUTISTA MATOS, JAIKER JOSE ACUÑA PEÑA, JOSE RAMON VALERA SEGOVIA, WILLIAN ANTONIO BRAVO DELGADO, CESAR OMAR PIMENTEL MONTILLA, NELSON ENRIQUE BENITEZ, ALIRIO COROMOTO MARIN, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-23.776.140, V-7.827.831, V-15.709.365, V-23.781.142, V-15.709.075, V-11.613.781, V-19.148.980, V-21.209.201, V-10.310.091, V-24.786.804, V-25.006.492, V-5.761.485, V-20.134.049, V-14.781.929, V-16.275.482, V-17.038.436, V-10.319.028, V-5.791.660.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: JOSE RAFAEL PARRA, JESUS RAMON OLIVAR, NADIA CRISTINA EL MASRI MONTIEL, RAFAEL ANGEL ECHETO OCHOA y WILLIAN ROMERO, MARCELO MARIN Y DANYANI ANDRADE, inscritos en el I.P.S.A bajo los Nos. 83.410, 83.377, 101.740, 34.580, 148.336, 89.878 y 191.304 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Sociedad mercantil CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A; representada legalmente por el ciudadano: WILLIAN RAY.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: JOSE MANUEL BASTIDAS GARCIA, DALIDA AGUILAR DE BASTIDAS, CARMELITA BASTIDAS AGUILAR, ELIAS JOSE CARDONA BERMUDEZ, inscritos, en el I.P.S.A bajo los Nos. 8.131, 8.957, 60.121, 138.199, en su orden.
MOTIVO: DIFERENCIA DE UTILIDADES.
MOTIVO DE LA APELACIÓN: Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de fecha: 11 de Julio de 2014 que declaró la PERENCION DE LA INSTANCIA.
SINTESIS PROCESAL:
Ha subido a esta alzada las actuaciones correspondientes al presente asunto, en virtud del recurso de apelación ejercido por el Abogado: JESIUS R. OLIVAR inscrito en el IPSA bajo el N° 83.377, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora Ciudadanos: LUIS ALFREDO GRATEROL GRATEROL, MARIO SEGUNDO BRICEÑO, REMIGIO ANTONIO FERNANDEZ PERDOMO, ROBERTO ANTONIO ALVAREZ BENITEZ, ROBERTO CLEMENTE DABOIN SALAS, NARCISO ANTONIO VILORIA, YONNY JAVIER DOMINGUEZ GONZALEZ, EDGAR JAVIER DOMINGUEZ, ORLANDO RAMON DELGADO, WOLFAN GRATEROL, BENITO JOSE GIL MACIAS, JUAN BAUTISTA MATOS, JAIKER JOSE ACUÑA PEÑA, JOSE RAMON VALERA SEGOVIA, WILLIAN ANTONIO BRAVO DELGADO, CESAR OMAR PIMENTEL MONTILLA, NELSON ENRIQUE BENITEZ, ALIRIO COROMOTO MARIN, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-23.776.140, V-7.827.831, V-15.709.365, V-23.781.142, V-15.709.075, V-11.613.781, V-19.148.980, V-21.209.201, V-10.310.091, V-24.786.804, V-25.006.492, V-5.761.485, V-20.134.049, V-14.781.929, V-16.275.482, V-17.038.436, V-10.319.028, V-5.791.660, respectivamente, contra Sentencia de fecha: 11 de Julio de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en el que declaró PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda incoada por los mencionados ciudadanos en el juicio seguido contra Sociedad mercantil CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S. A; partes identificadas a los autos.
Cumplidas las formalidades legales, se pronuncia esta sentenciadora previa las consideraciones siguientes:
En el presente caso, en la oportunidad de la audiencia oral por ante la alzada de fecha Diecisiete (17) de Junio del 2015, una vez anunciado el acto, el Secretario HUBER GIL, luego de señalar el motivo de la audiencia, participó al Tribunal la inasistencia o incomparecencia de la parte demandante apelante del auto de la primera instancia.
Corresponde a esta Alzada pronunciarse con respecto a la incomparecencia de la parte demandante apelante, y al respecto la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el artículo 164, establece:
“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente.”
Consecuente con lo expuesto, vista la incomparecencia de la parte apelante es por lo que esta Alzada declara desistida la apelación interpuesta. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA O ABANDONADA la apelación interpuesta por la parte demandante en virtud de la no comparecencia todo de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; contra Sentencia de fecha: 11 de Julio de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, que declaró LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda intentada por la parte actora, contra Sociedad mercantil CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. TERCERO: No se condena en costas al demandante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los Veintiséis (26) dias del mes de Junio del año dos mil quince (2015).
LA JUEZ
ABG. AURA ESTELA VILLARREAL
EL SECRETARIO
ABG. HUBER GIL
En el día de hoy, Veintiséis (26) de Junio de dos mil quince (2015), se publicó el presente fallo.-
EL SECRETARIO
ABG. HUBER GIL
|