REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiséis de junio de dos mil quince
205º y 156º



ACTA

ASUNTO Nº. TP11-S-2015-000010.
PARTE OFERENTE: CENTRO CLINICO MEDICO ASESORES SABANA DE MENDOZA, C.A.; en la persona de su representante legal MAURO BELMONTE PANARESE
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: TOMAS FERMIN RAMIREZ
PARTE OFERIDA: LEILA ROSA BALANTA PEREZ
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: MARIA ISABEL JEREZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy, viernes 26 de junio de 2015, siendo las 9:00 a.m., se presentaron en forma voluntaria por ante este tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, la parte OFERENTE CENTRO CLINICO MEDICO ASESORES SABANA DE MENDOZA, C.A.,representada legalmente por MAURO BELMONTE PANARESE, por medio de su apoderado judicial Abogado TOMAS FERMIN RAMIREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 107.092, según poder que corre inserto al folio 6 de la presente causa; presente igualmente la parte oferida LEILA ROSA BALANTA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V -16.533.212, asistida de la abogada MARIA ISABEL JEREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 112.238, Seguidamente solicitaron a este Tribunal una audiencia Preliminar especial conciliatoria, por cuanto están dispuestos a llegar a un acuerdo conciliatorio en la presente causa. Visto lo solicitado por las partes, la Jueza, Abogada ANA R. GUÉDEZ MONTILLA, verifico la presencia de las partes, fijo de inmediato la audiencia y aperturó el acto, Se le otorgó el derecho de palabra a la parte oferida ciudadana LEILA ROSA BALANTA PEREZ, identificada en la presente acta quien expuso:” Ciudadana jueza me doy por notificada del presente procedimiento; seguidamente le informo que la parte OFERENTE y mi persona hemos llegado a un acuerdo conciliatorio en la presente causa sobre las siguientes bases: PRIMERO: he llegado al acuerdo con la parte oferente que me adeuda por concepto de mis prestaciones sociales y otros conceptos laborales la cual se encuentran descritos en el escrito de oferta real de pago presentado por el oferente la cantidad de VEINTISIETE MIL SESICIENTOS SESENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTISEIS CENTIMOS ( 27.666,26), monto este que me corresponden por el lapso laborado en CENTRO CLINICO MEDICO ASESORES SABANA DE MENDOZA, C.A. SEGUNDO: La OFERENTE. me cancela dicho monto en su totalidad, el cual cubre todo lo adeudado por concepto de mis prestaciones sociales y demás emolumentos laborales en DOS cheques cuyas características son las siguientes: un cheque signado con el Nº 21021081;CUENTA N° 0116-0059-08-0004576780, librado contra la entidad Bancaria B.O.D, Agencia SABANA DE MENDOZA, de fecha 12 de MARZO de 2.015, por la cantidad de VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.23.263,83), a la orden de LEILA ROSA BALANTA PEREZ, la cual sustituye el cheque identificado en el escrito de oferta real de pago. Igualmente recibo un segundo cheque signado con el Nº 60021083 ;CUENTA N° 0116-0059-08-0004576780, librado contra la entidad Bancaria B.O.D, Agencia SABANA DE MENDOZA, de fecha 12 de MARZO de 2.015,por la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.4.402,43), a la orden de LEILA ROSA BALANTA PEREZ; las cuales recibo en este acto, a mi entera y cabal satisfacción de manos del apoderado judicial de la oferente; con el recibo de los cheques antes descritos por la cantidad descritas; declaro que el CENTRO CLINICO MEDICO ASESORES SABANA DE MENDOZA, C.A.,representada legalmente por MAURO BELMONTE PANARESE, nada queda ha deberme por concepto de mis Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, por mis servicios prestados por el lapso de un año y tres meses, solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada; e igualmente solicito se ordene el archivo definitivo de la causa transcurridos como sean 2 días hábiles siguientes al día de hoy a fin de hacer efectivo los cheques que hoy recibo, es todo.“ Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la parte OFERENTE CENTRO CLINICO MEDICO ASESORES SABANA DE MENDOZA, C.A.,representada legalmente por MAURO BELMONTE PANARESE, por medio de su apoderado judicial Abogado TOMAS FERMIN RAMIREZ, quien expuso: “Estoy de acuerdo con lo expuesto por la ciudadana LEILA ROSA BALANTA PEREZ, identificada en la presente acta, por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”.Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA SE ORDENA EL ARCHIVO DE LA PRESENTE CAUSA, Transcurridos como sean 2 días hábiles siguientes al de hoy. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 10:00.AM., terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 205 años de la Independencia y 156 años de la Federación. Regístrese y Publíquese.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO,


La parte OFERIDA Abogado asistente de la parte OFERIDA



La parte OFERENTE
LA SECRETARIA,

ABG. EILEEN VALECILLOS