REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diecisiete de junio de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: TP11-L-2015-000149
DEMANDANTE: GAVRIEL ANTONIO AZUAJE DELGADO
APODERADO: RUBEN RONDON
DEMANDADA: FUNDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ASISTENCIAL SOCIALISTA (FINAS)
MOTIVO: RECLAMO DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES
Visto que se recibió en fecha 27/05/2015 asunto para sustanciar TP11-L-2015-000149 donde figura como parte demandante el ciudadano GABRIEL ANTONIO AZUAJE DELGADO, titular de la cedula de identidad N- 9.374.655, representado por el Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, contra la empresa, FUNDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ASISTENCIA SOCIALISTA (FINAS), se desconoce quien la representa, por motivo RECLAMO DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, este Tribunal observa del estudio del asunto lo siguiente: PRIMERO: Que en fecha 01/06/2015 se ordeno corregir libelo de demanda conforme al artículo 123 ordinales 2, 3 y 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Que en fecha 12/06/2015 se recibió resulta de cartel de notificación recibido en forma positiva por la ciudadana ADELAIDA AZUAJE, titular de la cedula de identidad N- 10.260.327, quien se identifica como hermana del demandante, tal como consta a los folios 12 al 14 en la dirección procesal señalada en el libelo de demanda. TERCERO: Que vencido el lapso otorgado para que la parte subsanara, no subsano el libelo de demanda, en tal sentido este Tribunal considera por tanto como inadmisible la presente demanda conforme al artículo 124 ejusdem, por no haber subsanado el libelo como le fue ordenado, en consecuencia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA intentada por el ciudadano GABRIEL ANTONIO AZUAJE DELGADO, titular de la cedula de identidad N- 9.374.655, representado por el Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886, contra la empresa, FUNDACIÓN DE INFRAESTRUCTURA ASISTENCIA SOCIALISTA (FINAS), se desconoce quien la representa, por motivo RECLAMO DE PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, pudiendo ejercer el recurso correspondiente dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de hoy ó interponer nuevamente la demanda. A los diecisiete (17) días del mes de junio (06) de Dos Mil Quince (2015) Publíquese y Regístrese A los 205° y 156° Siendo las 10:45 a. m.
La Juez
Abg. YULIBETT CALDERÓN
La Secretaria
Abg. EGLEIDA RUIZ
En esta misma fecha se publico. La Secretaria
Abg. EGLEIDA RUIZ
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