REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JIMÉNEZ Y ANDRÉS ELOY BLANCO DE LA CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 26 de Junio de 2015
Años 205° y 156°
ASUNTO: 1.844/15
Solicitante RAFAEL JOSE FIGUEROA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.385.314, domiciliado en la Autopista vía a Quibor Km 20, Caserío El Rodeo, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del Estado Lara.
Asistido por: Abg. LEIDA ZULAY MATHEUS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 161.718.
Motivo: Titulo Supletorio.
En fecha 12 de Febrero del 2015, se recibió solicitud de título Supletorio realizado por el ciudadano RAFAEL JOSE FIGUEROA CRESPO ya identificado, a través del cual solicita se le garantice la plena propiedad y dominio sobre unas bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, sobre un lote de terreno de la Posesión Llamada “ANGULERA”, ubicado específicamente en la Autopista vía Quibor Kilómetro 20 Caserío El Rodeo, Jurisdicción de la Parroquia, Tintorero, Municipio Jiménez Estado Lara, con un área de terreno de CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS (403,85 M2), las cuales están constituidas por cerca con alambres de púas sobre estantillos de madera, siendo el monto invertido en las bienhechurías la cantidad de (Bs. 20.000,oo), alinderado de la forma siguiente: Norte: En línea de veinte metros con cinco centímetros (20,5 mts) con calle sin nombre; Sur: En línea de veinte metros con cinco centímetros (20,5 mts) con ocupaciones que son o fueron de Youber Sanchez; Este: En línea de diecinueve metros con siete centímetros (19,7 mts) con ocupaciones que son o fueron de Franklin Figueroa; y por el Oeste: En línea de diecinueve metros con siete centímetros (19,7 mts) con ocupaciones que son o fueron de Eduardo Torres. Consignó junto a la solicitud copia certificada del levantamiento parcelario, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Jiménez, copia fotostática de la cédula de identidad del solicitante, y original de la constancia de ocupación de tierra emitida por el Consejo Comunal del Sector, asimismo consignó copia certificada del documento de propiedad de la Posesión Angulera, autorización de los derechantes Felix Pérez, Juan Manuel Santiago Díaz y Evelin Corales, y copia de la cédula de identidad de los mismos.
En fecha 18 de Mayo de 2015, se admitió en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, y conforme al artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil se ordenó oír la declaración de los testigos que presente la parte solicitante.
El día 10 de Junio del 2015, se escuchó la declaración de los testigos RAMONA MARGARITA AGRAEZ DE JIMENEZ y ANA CECILIA ZAMBRANO LUCENA venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.385.314 y V-10.129.867 respectivamente.
Este Tribunal observa:
Vistos los recaudos acompañados a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ciudadanas: RAMONA MARGARITA AGRAEZ DE JIMENEZ y ANA CECILIA ZAMBRANO LUCENA ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer a la solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano RAFAEL JOSE FIGUEROA CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.385.314, domiciliado en la Autopista vía a Quibor Km 20, Caserío El Rodeo, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez Estado Lara, sobre unas bienhechurías constituidas por una cerca con alambres de púas sobre estantillos de madera, construidas a expensas propias y trabajo personal, ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, edificadas en un lote de terreno de la Posesión Llamada “Angulera”, ubicada específicamente en la Autopista vía Quibor Kilómetro 20 Caserío El Rodeo, Jurisdicción de la Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez Estado Lara, con un área de terreno de CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO CENTIMETROS (403,85 M2). En consecuencia, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 26 de Junio de 2015. Años: 205º y 156º. Cúmplase.
La Juez Titular,
Abg. Rosangela M. Sorondo.
La Secretaria
Abg. Caribay A. Goyo L.
RMSG/mj.
Solicitud Nº 1.844/15
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