REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, quince de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: KP12-M-2015-000011.-

DEMANDANTE: MANUEL DE JESUS ODREMAN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.181.256, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: JESUS ARMANDO GIL, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº. 104.134.
DEMANDADA: RAINES MILAGRO PAIVA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 16.419.567, de este domicilio.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO.-
Visto el desistimiento de la acción, realizado en fecha 10 de Junio del año 2015, por el ciudadano MANUEL DE JESUS ODREMAN, anteriormente identificado, asistido por el Abogado JESUS ARMADO GIL inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 104.134, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional. En consecuencia, se ordena el desglose y la devolución del cheque original consignado, déjese en su lugar copia certificada del mismo. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Quince (15) días del mes de Junio de 2.015. Años: 205° y 156°.

El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria Acc,

Abg. CARMEN J. ALVAREZ.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 30/2015, de las sentencias interlocutorias con Fuerza Definitiva, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria Acc,

Abg. CARMEN J. ALVAREZ.