REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, doce de marzo de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: KP12-T-2015-000001.-

DEMANDANTE: FELIPE JOSE LOPEZ MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.931.150, Abogado, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 79.924.
DEMANDADOS: MARIANO MADRID ROMERO PIÑA y JUMAN JOSE OLIVO TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. 4.804.855 y 20.350.597, respectivamente.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FURZA DEFINITIVA POR HOMOLOGACIÓN DE DESISTIMIENTO.-

Visto el desistimiento del presente procedimiento, realizado en fecha 11 de Marzo del año 2015, por el Abogado FELIPE JOSE LOPEZ MELENDEZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 79.924, actuando en su condición de demandante, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional. En consecuencia, se ordena el desglose y la devolución del original consignado, déjese en su lugar copia certificada de la misma. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Regístrese y Publíquese

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Doce (12) días del mes de Marzo de 2.015. Años: 204° y 156°.
El Juez Provisorio,


Abg. FRANCISCO ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria Acc,


Abg. CARMEN J. ALVAREZ.

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 11/2015, de las sentencias interlocutorias con Fuerza Definitiva, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 10:00 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria Acc,


Abg. CARMEN J. ALVAREZ.