TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- Trujillo, Cuatro (04) de Marzo de Dos Mil Quince (2015).
204° y 156°
SOLICITANTE: MARIA DOLORES BASTIDAS VARGAS.-
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITUD: 0106-2.015.-

SENTENCIA DEFINITIVA
Vista la solicitud que antecede presentada por la ciudadana: MARIA DOLORES BASTIDAS VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.769.366, domiciliada en San Jacinto, Sector Mirabelito, Parroquia Monseñor Carrillo, Municipio y Estado Trujillo, asistida por las Abogadas en ejercicio: MARLY ANDREINA DUARTE BASTIDAS e IVMAR ANDREINA DAVILA ARANGUIBEL, inscrita en el I.P.S.A., bajo los Nros 222.591 y 196.460, respectivamente, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare como Únicos y Universales Herederos de la de Cujus MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.777.284, fallecida en fecha Ocho (08) de Febrero del Año Dos Mil Catorce (2.014), según consta del Acta de Defunción, expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Parroquia Matriz, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nº 70, de fecha Veinticinco (25) de Febrero del Dos Mil Catorce (2.014), la cual cursa en el folio Tres (03) de la presente Solicitud. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción de la de Cujus; MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS, Acta de Matrimonio de la difunta con el Ciudadano: PEDRO JOSE BASTIDAS VASQUEZ; Partida de Nacimiento de los ciudadanos: PEDRO ANTONIO BASTIDAS VARGAS, MARIA DOLORES BASTIDAS VARGAS, MARIA OMAIRA COROMOTO BASTIDAS DE MORON, RAMON DARIO BASTIDAS VARGAS, JESUS ENRIQUE BASTIDAS VARGAS, ANA JACINTA DEL CARMEN BASTIDAS VARGAS, JOSÉ HUGO BASTIDAS VARGAS, LUIS ALFONSO BASTIDAS VARGAS. En este estado procede esta Juzgadora a realizar el análisis de las pruebas presentadas y Observa: Primero: Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Parroquia Matriz, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nº 70, de fecha Veinticinco (25) de Febrero del Dos Mil Catorce (2.014), la cual cursa en el folio Tres (03) de la presente Solicitud, con la cual se demuestra tal y como lo alegó la solicitante, la muerte de la de Cujus MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS, fallecida en fecha Ocho (08) de Febrero del Año Dos Mil Catorce (2.014). Segundo: Acta de Matrimonio signada con el No. 17 de fecha veintinueve (29) de Abril de 1.959, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio y Estado Trujillo, inserta a los folios 04 y 05, con la cual se demuestra que la difunta era casada con el Ciudadano: PEDRO JOSE BASTIDAS VASQUEZ; Tercero: Partida de Nacimiento de los ciudadanos: PEDRO ANTONIO BASTIDAS VARGAS, MARIA DOLORES BASTIDAS VARGAS, MARIA OMAIRA COROMOTO BASTIDAS DE MORON, RAMON DARIO BASTIDAS VARGAS, JESUS ENRIQUE BASTIDAS VARGAS, ANA JACINTA DEL CARMEN BASTIDAS VARGAS, JOSÉ HUGO BASTIDAS VARGAS, LUIS ALFONSO BASTIDAS VARGAS, signadas bajo los Nros. 10; Nº 115, Nº 20, Nº 1.572, No. 92; No. 2.060, y No. 79, respectivamente, todas asentadas por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio y Estado Trujillo, donde Certifica: Que los Titulares de las referidas Partida de Nacimiento eran hijos de la Extinta MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS. Cuarto: Declaración de los testigos: FLOR DEL VALLE DÁVILA DE PÉREZ, ANTONIA DEL CARMEN BRICEÑO DE BAPTISTA y ANA JOSEFA DUARTE BECERRA, evacuadas por ante este Tribunal, en fecha Treinta (30) de Enero de Dos Mil Quince (2015), cursante a los folios 17 al 22 de la presente Solicitud, quienes manifestaron que conocieron suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS.- Que del conocimiento que tienen de la extinta, saben y les consta que falleció fallecida en fecha Ocho (08) de Febrero del Año Dos Mil Catorce (2.014) en el Hospital de los Seguros Sociales de Trujillo, a causa de Ima. Hemorragia Digestiva Superior. Fibrosis Pulmonar. Que igualmente saben y les consta que para el momento del fallecimiento de la extinta MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS dejo como Únicos y Universales Herederos a su esposo: PEDRO JOSE BASTIDAS VASQUEZ y sus Ocho (8) hijos PEDRO ANTONIO BASTIDAS VARGAS, MARIA DOLORES BASTIDAS VARGAS, MARIA OMAIRA COROMOTO BASTIDAS DE MORON, RAMON DARIO BASTIDAS VARGAS, JESUS ENRIQUE BASTIDAS VARGAS, ANA JACINTA DEL CARMEN BASTIDAS VARGAS, JOSÉ HUGO BASTIDAS VARGAS, LUIS ALFONSO BASTIDAS VARGAS.- Dichos testigos la merecen fe a esta Juzgadora, toda vez que los mismos fueron contestes en sus declaraciones.-
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de Cujus MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.777.284, fallecida en fecha Ocho (08) de Febrero del Año Dos Mil Catorce (2.014), según consta del Acta de Defunción, expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Parroquia Matriz, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nº 70, de fecha Veinticinco (25) de Febrero del Dos Mil Catorce (2.014), la cual cursa en el folio Tres (03) de la presente Solicitud, a los ciudadanos: PEDRO JOSE BASTIDAS VASQUEZ, PEDRO ANTONIO BASTIDAS VARGAS, MARIA DOLORES BASTIDAS VARGAS, MARIA OMAIRA COROMOTO BASTIDAS DE MORON, RAMON DARIO BASTIDAS VARGAS, JESUS ENRIQUE BASTIDAS VARGAS, ANA JACINTA DEL CARMEN BASTIDAS VARGAS, JOSÉ HUGO BASTIDAS VARGAS, LUIS ALFONSO BASTIDAS VARGAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 1.253.674; V- 5.769.365; V- 5.769.366; V- 8.715.313; V-8.719.668; V- 11.132.161; V- 10.786.311; V- 11.134.365 y V-11.134.662; en su condición de esposo e hijos de la extinta: MARIA PASTORA VARGAS DE BASTIDAS.-
Se deja a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvase todas las actuaciones en Original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. BEATRIZ A. VALENZUELA V.

LA SECRETARIA,

ABG. LUZ MARINA BRICEÑO T

En la misma fecha se publico la anterior sentencia siendo la una de la tarde.-

LA SECRETARIA,

ABG. LUZ MARINA BRICEÑO T