TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- Trujillo, Nueve (09) de Marzo de Dos Mil Quince (2015).
204° y 156°
SOLICITANTE: JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE.-
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITUD: 0109-2.015.-

SENTENCIA DEFINITIVA
Vista la solicitud que antecede presentada por el ciudadano: JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE, venezolano, mayor de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.311.741, domiciliado en el Municipio y Estado Trujillo, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio: ELENA MARGARITA LINARES SERRANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 62.886, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare como Únicos y Universales Herederos del de cujus RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA, quien era venezolano, mayor de edad, Profesor Universitario, titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.315.845, fallecido en fecha 03 de Noviembre de 2.014, según consta del Acta de Defunción, expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal, Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera, Estado Trujillo, signada con el Nº 882, Folio Nº 132, de fecha Cuatro (04) de Noviembre del Dos Mil Catorce (2.014), la cual cursa en el folio Cuatro (04) de la presente Solicitud. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción del de Cujus; RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA; Partida de Nacimiento de los ciudadanos: CARLOS ALBERTO PACHANO AZUAJE, AREMIS COROMOTO PACHANO AZUAJE, FELIPE ALBERTO PACHANO AZUAJE, JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE, ANDRES RAMON PACHANO TORRES, MINERVA MONTSERRAT PACHANO TORRES, LOREANA ALBERTINA PACHANO MONTILLA. En este estado procede esta Juzgadora a realizar el análisis de las pruebas presentadas y Observa: Primero: Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal, Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera, Estado Trujillo, signada con el Nº 882, Folio Nº 132, de fecha Cuatro (04) de Noviembre del Dos Mil Catorce (2.014), la cual cursa en el folio Cuatro (04) de la presente Solicitud, con la cual se demuestra tal y como lo alegó el solicitante, la muerte del de Cujus RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA, fallecido en fecha Tres (03) de Noviembre del Año Dos Mil Catorce (2.014). Segundo: Partida de Nacimiento de los ciudadanos: CARLOS ALBERTO PACHANO AZUAJE, AREMIS COROMOTO PACHANO AZUAJE, FELIPE ALBERTO PACHANO AZUAJE, JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE, ANDRES RAMON PACHANO TORRES, MINERVA MONTSERRAT PACHANO TORRES, LOREANA ALBERTINA PACHANO MONTILLA, signadas bajo los Nros. 647; Nº 727, Nº 940, Nº 595, No. 185; No. 126, y No. 124, respectivamente, todas asentadas por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio y Estado Trujillo, donde Certifica: Que los Titulares de las referidas Partida de Nacimiento eran hijos del Extinto RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA. Tercero: Declaración de los testigos: BETTY JOSEFINA MENDOZA DE CICCALE y JORGUE LUIS CICCALE MACIAS, evacuadas por ante este Tribunal, en fecha Tres (03) de Febrero de Dos Mil Quince (2015), cursante a los folios 25 al 28 de la presente Solicitud, quienes manifestaron que conocieron suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años al ciudadano JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE y a sus hermanos CARLOS ALBERTO PACHANO AZUAJE, AREMIS COROMOTO PACHANO AZUAJE, FELIPE ALBERTO PACHANO AZUAJE, ANDRES RAMON PACHANO TORRES, MINERVA MONTSERRAT PACHANO TORRES, LOREANA ALBERTINA PACHANO MONTILLA. - Que del conocimiento que tienen saben y les consta que el ciudadano: RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA, era padre de los ciudadanos: JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE, CARLOS ALBERTO PACHANO AZUAJE, AREMIS COROMOTO PACHANO AZUAJE, FELIPE ALBERTO PACHANO AZUAJE, ANDRES RAMON PACHANO TORRES, MINERVA MONTSERRAT PACHANO TORRES, LOREANA ALBERTINA PACHANO MONTILLA. – Que el ciudadano: RAMON ALBERTO PACHANO, vivía en la Avenida Castán, Urbanización Mirabel, Casa No. 9-30; Parroquia Monseñor Carrillo, Municipio y estado Trujillo y que falleció el día 03 de noviembre del año 2.014.- Que saben y les consta que el extinto RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA además de los prenombrados hijos no dejó otros descendientes ni legítimos, ni adoptivos.- Dichos testigos le merecen fe a esta Juzgadora, toda vez que los mismos fueron contestes en sus declaraciones.-
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.315.845, fallecido en fecha Tres (03) de Noviembre del Año Dos Mil Catorce (2.014), según consta del Acta de Defunción, expedida por la Oficina de Registro Civil Municipal de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nº 882, de fecha Cuatro (04) de Noviembre del Dos Mil Catorce (2.014), la cual cursa en el folio Cuatro (04) de la presente Solicitud, a los ciudadanos: CARLOS ALBERTO PACHANO AZUAJE, AREMIS COROMOTO PACHANO AZUAJE, FELIPE ALBERTO PACHANO AZUAJE, JORGE ALBERTO PACHANO AZUAJE, ANDRES RAMON PACHANO TORRES, MINERVA MONTSERRAT PACHANO TORRES, LOREANA ALBERTINA PACHANO MONTILLA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.755.324; V- 5.765.607; V- 5.772.150; V- 10.311.741; V-14.780.773; V- 15.827.976; V- 19.148.547 en su condición de hijos del extinto: RAMON ALBERTO PACHANO RIVERA.- Se deja a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvase todas las actuaciones en Original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el Archivo de este Juzgado.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. BEATRIZ A. VALENZUELA V.

LA SECRETARIA,

ABG. LUZ MARINA BRICEÑO T

En la misma fecha se publico la anterior sentencia siendo las dos (02:00 p.m) de la tarde.-

LA SECRETARIA,

ABG. LUZ MARINA BRICEÑO T

BAVV/LMBT/dagb.-