REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

AUDIENCIA PRELIMINAR

ASUNTO Nº KP02-L-2014-000672

PARTE DEMANDANTE: SANTA AURORA ALVARADO, ANGEL ALEXIS MENDOZA, CESAR HERRERA, LEONARDO MENDOZA, JORGE ROJAS, JESUS RAMIREZ, MILNER PIÑERO, JOSE LUIS MENDOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nros. 9.625.738, 19.640.723, 18.655.996, 16.899.078, 11.790.866, 9.572.180, 17.509.382 y 7.413.540, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: PEDRO JOSE DURAN NIETO inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.999.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA VIALPA C.A., FONDO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS y el ciudadano GIANNI MAURICIO PALAZZESE.
ABOGADO DE LA DEMANDADA CONSTRUCTORA VIALPA S.A. Y DEL CIUDADANO GIANNI MAURICIO PALAZZESE: ROBINSON GREGORIO SALCEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.025.
ABOGADO DE LA DEMANDADA FONDO NACIONAL PARA EDIFICACIONES PENITENCIARIOS (FONEP): PETRA YSABEL QUIÑONEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.760.


MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 10 de marzo de 2015, siendo las 10:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Instalación Audiencia Preliminar, se paso anunciar la misma. Comparecen por el demandante los ciudadanos SANTA AURORA ALVARADO y LEONARDO MENDOZA, junto a su apoderado judicial Abogado PEDRO DURAN NIETO. Por la demandada CONSTRUCTORA VIALPA S.A. y el ciudadano GIANNI MAURICIO PALAZZESE comparece su apoderado judicial, Abogado ROBINSON GREGORIO SALCEDO. Por la demandada FONDO NACIONAL PARA EDIFICACIONES PENITENCIARIOS (FONEP) comparece su apoderada judicial Abogada PETRA YSABEL QUIÑONEZ, quien consigna copia del poder.


Iniciada la audiencia, luego de diversas conversaciones, revisadas las pruebas aportadas por las partes e instada como ha sido la mediación por la Jueza y con el objetivo de dar fin al presente proceso por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, las partes, CONSTRUCTORA VIALPA S.A. ha llegado al siguiente acuerdo con el ciudadano CESAR HERRERA titular de la cedula de identidad v.- 18.655.996, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERO: A los fines de dar por terminado el presente juicio la representación judicial de la parte demandada CONSTRUCTORA VIALPA S.A. ofrece pagar al ciudadano CESAR HERRERA por acuerdo del monto demandado la cantidad total de CIENTO VEINTIDOS MIL NOVENTA Y SIETE CON 24/100 (Bs. 122.097.24), mediante cheque de gerencia Nª 0016358 girado contra el Banco Banesco cantidad que ha sido establecida para la mediación en el presente Juicio y con la cual se consideran pagados todos los conceptos demandados por el ciudadano CESAR HERRERA en contra de CONSTRUCTORA VIALPA S.A, FONDO NACIONAL PARA EDIFICACIONES PENITENCIARIOS (FONEP) y el ciudadano Gianni Mauricio Palazzese. Dicha cantidad fue cancelada el día de hoy.

SEGUNDO: La representación de la parte demandada CONSTRUCTORA VIALPA S.A., manifiesta que consigno las Planillas 14-100 del IVSS de los ciudadanos JOSE LUIS MENDOZA, JESUS ALBERTO RAMIREZ LISCANO, JORGE LUIS ROJAS, ANGEL MENDOZA y MILNER PIÑERO.
Este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso solo en lo que respecta al ciudadano CESAR HERRERA y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.

Acto seguido, y por cuanto el presente juicio continúa con los ciudadanos LEONARDO JOSE MENDOZA CHIRINOS y SANTA AURORA ALVARADO. De seguida las partes conjuntamente con la juez consideran pertinente prolongar la presente audiencia, para lo cual se fija para el día 07 de Abril de 2015, a las 11:00 AM. Es todo. Se término. Se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA,

Abg. MÓNICA TRASPUESTO RUIZ
EL DEMANDANTE,
EL DEMANDADO,
LA SECRETARIA
Abg. FRONDA CASTILLO