EXP-5074-99
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO.-
Trujillo, 27 de mayo de 2015
205° y156°
Visto el escrito que antecede, de fecha 28 de noviembre de 2005, presentado por el Ingeniero MSc. Javiel de Jesús Pacheco, titular de la cédula de identidad Nº. 4.315.545, en su condición de Partidor designado y juramentado en el presente juicio, mediante el cual consigna el INFORME DEFINITIVO a la partición que intentara la ciudadana Tamara Mercedes Salazar Semprun contra el ciudadano Nelson José Briceño, plenamente identificados en autos, el cual corre inserto a los folios del 127 al 152 en el cual procede el Partidor a realizar las adjudicaciones de los bienes a partir y que este Tribunal sintetiza a continuación:
PRIMERA ADJUDICACIÓN: El inmueble constituido por: A) un lote de terreno que es parte de porción mayor de la finca denominada “El Cumbe”, jurisdicción de la parroquia Monseñor Carrillo del municipio Trujillo, bajo los siguientes linderos: Por la Cabecera, carretera que conduce a la Pedregosa y Páramo de Ortiz; por el Pié, con propiedad de Ruperto Becerra; por el Lado Izquierdo, con terrenos propiedad de Elena Carrillo de Palma Labastidas ocupados por Maximiliano Castellanos; por el Lado Derecho, con terrenos de la misma Elena Carrillo de Palma Labastidas Norte, ocupados por Eloy Bencomo, según consta en Documento Protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito del Estado Trujillo, anotado bajo el N° 34, tomo tercero principal, protocolo primero, de fecha 05 de septiembre de 1.990, valorado dicho inmueble en la cantidad de ocho millones de Bolívares (Bs. 8.000.000,00).
Este inmueble se adjudica en total, absoluta y plena propiedad a la ciudadana TAMARA MERCEDES SALAZAR SEMPRUN, quedando obligada a cancelar la diferencia de un millón setecientos sesenta mil Bolívares con cero céntimos (1.760.000,00) al ciudadano Nelson José Briceño, a fin de completar su cuota de gananciales.
SEGUNDA ADJUDICACIÓN: El bien mueble constituido por: Un (01) vehículo señalado con las siguientes características: CLASE: CAMIONETA; TIPO SPORT-WAGON; MARCA: CARIBE; MODELO 442; MODELO AÑO: 1.983; COLOR ROJO; SERIAL DEL MOTOR: 5DV401961; SERIAL DE CARROCERÍA: 5KG15DV401961; USO PARTICULAR; PLACAS: VFW-863, habido durante la vigencia de la sociedad conyugal conforme consta en documento autenticado ante la Notaría Pública Primera de Valera, de fecha dieciocho (18) de abril de mil novecientos noventa y cinco (1.995), bajo el N° 20, Tomo 43, al cual le fue estimado un valor de cuatro millones cuatrocientos ochenta mil Bolívares con cero céntimos (Bs. 4.480.000,00).
Este bien mueble se le adjudica en total, absoluta y plena propiedad al ciudadano NELSON JOSE BRICEÑO.
Vencido como fue el lapso para formular objeciones al informe presentado por el Partidor designado, sin que ninguno de los interesados formulare objeción alguna conforme a lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CONCLUIDA la presente PARTICIÓN conforme lo establece el informe presentado por el Partidor. Así se decide.
Por cuanto la presente decisión se dicta fuera del lapso de de ley, este Tribunal ordena NOTIFICAR a las partes de la misma. Líbrense boletas de notificación y entréguense al Alguacil de este Juzgado.
El Juez Titular,

Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Accidental,

Abg. Mary Trini Godoy H.