REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, cinco de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: TP11-N-2013-000062
Visto que durante la Audiencia de Juicio la parte Acciónante EDIFICACIONES E INVERSIONES MARCACCIO COMPAÑÍA ANÓNIMA., representada por su Apoderada Judicial Abogada: MILAGROS PADILLA MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.039.181 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.773, ratificó en escrito de dos (2) folios útiles cursante a los folios 619 y 620 las pruebas contentivas en el escrito del Recurso de Nulidad y la parte accionada a través de sus Apoderados Judiciales JUAN PABLO VÁZQUEZ VÁZQUEZ y ÁMBAR CAROLINA SUÁREZ inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 90.446 y 196.017, respectivamente, promovieron escrito de pruebas constantes de catorce (14) folios y anexos en siete (07) folios e igualmente el tercero interesado JAIDI PÉREZ asistido por su Apoderado Judicial Abg. DOUGLAS VIELMA promovió pruebas constantes de 19 folios, este Tribunal procede a la providenciación de las mismas, en base a los particulares siguientes:
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE ACCIÓNANTE:
1-. DOCUMENTALES:
1.1- Ratifica, Promueve y Opone en todo y cada una de sus partes la Demanda de Nulidad, la misma se NIEGA por cuánto el Libelo de Demanda no puede ser objeto de prueba. Así se establece.
1.2- Promueve la pruebas anexas al libelo de demanda consistentes las mismas en Poder Especial otorgado por el ciudadano ELIO MARCACCIO BAGAGLIA en su carácter de presidente de la empresa EDIFICACIONES E INVERSIONES MARCACCIO COMPAÑÍA ANÓNIMA (EDIMACA) a la Abogada MILAGROS PADILLAS MÉNDEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.773 y Acta Constitutiva y/o Estatutos Sociales de la empresa EDIFICACIONES E INVERSIONES MARCACCIO COMPAÑÍA ANÓNIMA (EDIMACA) las cuales corren insertas de los folios 18 al 42 del expediente principal, este Tribunal, encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.3- Ratifica, promueve y opone Expediente Administrativo y Providencia Administrativa del acto administrativo contenido en la Certificación N° 037/13 emanada en el expediente No TRU-41-IE-09-0038-II, dictada en fecha 01 de febrero del año 2013 por Médico de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, mediante la cual se certificó al trabajador JAIDI EUSTORGIO PÉREZ con discapacidad PARCIAL Y PERMANENTE, este Tribunal, encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
Ratifica, Promueve y Opone los documentales que fueron acompañadas al libelo de Demanda marcados con las letras B, C, D, E y F las cuales cursan a los autos del presente expediente principal:
1.2-. Marcada con la letra “B”, Certificación N° 037/13, de fecha 01 de febrero del 2013, suscrita por la Doctora NAYDA QUERO, Médico Ocupacional I adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y Oficio de Notificación N° DSL/LTY/073-2013 de fecha 13 d febrero de 2013 remitiendo la Certificación N° 037/13, suscrito por el T.S.U. JOSÉ GREGORIO OLMOS GIL, Director de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy y recibida en fecha 07-08-2013 por la Abogada Milagros Padilla, titular de la cedula de identidad N° 10.039.181, Apoderada Judicial de la Empresa las cuales corren insertas de los folios 43 al 45 del expediente principal, este Tribunal, encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.3-. Marcada con la letra “C”, copia simple de los recibos de pago de Prestaciones, Vacaciones y Utilidades desde el 26/08/-2006 al 31/12/ 2008, las cuales corren insertas de los folios 46 al 48 del Expediente, este Tribunal, encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.4-. Marcada con la letra “D”, Constancias de Egreso, Registro, Movimientos, y Participación de Retiro del trabajador JAIDI EUSTORGIO PÉREZ emanadas del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) la cuales corren insertas de los folios 49 al 53 del Expediente, este Tribunal, encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.4-. Marcada con la letra “E”, comunicación de fecha 12 de septiembre de 2013, suscrito por la Abogada Milagros Padilla actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la empresa EDIFICACIONES E INVERSIONES MARCACCIO COMPAÑÍA ANÓNIMA (EDIMACA), dirigido a la Directora del Hospital Juan Montezuma Ginnari, y Oficio N° 082 de fecha 16 de septiembre de 2013 suscrito por el Dr. Rafael Abreu, Sub-Director Medico del Hospital Juan Montezuma Ginnari, los cuales corren insertos a los folios 55 y 56 del Expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.5-. Marcada con la letra “F”, Copias Certificadas del Expediente Administrativo N° TRU-41-IE-09-0038, en 325 folios útiles, llevado por ante la Dirección Estatal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, los cuales corren insertas a los folios 57 al 383 del presente expediente este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
INFORMES: Ratifica, promueve y opone prueba de informes solicitadas y ordenadas por el Tribunal emanadas del I.V.S.S Hospital Juan Montezuma Ginnari donde informan que no reposan en el Seguro Social Historias Medicas del Ciudadano Jaidi Pérez, así como tampoco que nunca ha sido tratado por alguna especialidad o patología en el Seguro Social, encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE ACCIONADA:
1-. DOCUMENTALES:
1.1- Promueven copia certificada del expediente administrativo Nro TRU-41-IE-09-0038, según orden de trabajo Nro TRU-09-0045, de fecha 08-09-2009, contentivo de 340 folios útiles, el cual corre inserto de los folios 03 al 250 de la Pieza N° 1 y folios 03 al 94 de la pieza N° 2 del Cuaderno Separado de Recaudos de Pruebas presentados por la accionante, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.2- Promueven desde el Folio tres (3) al Folio cinco (5) de la Pieza N° 1 del Cuaderno Separado de Recaudos de Pruebas, presentados por la accionante Solicitud de Investigación de Origen de Enfermedad realizado por el ciudadano JAIDI EUSTORGIO PÉREZ, en fecha 01-06-2019, donde se desprenden los datos del trabajador afectados; datos de la empresa, los cargos desempeñados por el trabajador, donde describe las actividades realizadas por el trabajador, así como la descripción de la frecuencia que realizaba cada una de las actividades, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.3- Promueve al folio seis (6) del cuaderno Separado de Recaudos, Orden de Trabajo Nro. TRU-19-0045 de fecha 08-09-2019, donde facultan al funcionario GERMAIN PIÑANGO, titular de la Cédula de Identidad V-12.703.864, actuando en su condición de Inspector en Seguridad y Salud en el Trabajo II, adscrita a la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) Lara, Trujillo y Yaracuy del INPSASEL, con el objeto de realizar la investigación de origen de enfermedad del trabajador, debidamente facultado por el Convenio 81 sobre Inspección en el Trabajo de la Organización Internacional (OIT) suscrito y ratificado por Venezuela en fecha 21-07-1967, Convenio 155 sobre Salud y Seguridad en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscrito y ratificado por Venezuela en fecha 25-06-1984 y los artículos 1,12,17 y numerales 1,6,7,9,14 y 26 del articulo 18 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.4- Promueve desde el folio siete (07) al folio diez (10), del Ciento Once (111) al Ciento Catorce (114) y del Ciento Treinta y Tres (133) al Ciento Treinta y Cinco (135) del cuaderno Separado de Recaudos, Informe de Investigación de Origen de Enfermedad de fecha 15/09/2009, 27/10/2009 y 28/10/09 suscrito por el funcionario Germain Piñango, Juan Ramón Rivero y María Linarez, en su condición de Inspectores en Seguridad y Salud en el Trabajo II, adscritos a la Dirección Estadal
de Salud de los Trabajadores (DIRESAT) Lara, Trujillo y Yaracuy del INPSASEL y folios Treinta y Uno (31) al Sesenta y Cuatro (64) del cuaderno Separado de Recaudos segunda pieza, informe Técnico de Investigación de origen de Enfermedad suscrito por el funcionario Germain Piñango, en el Informe de Investigación de Origen de Enfermedad, los cuales encuentran en el expediente técnico administrativo N° TRU-41-IE-09-0038 folios cinco (5) al siete (7), del folio Ciento Nueve (109) al Ciento Doce (112), del Ciento Treinta y Uno (131) al Ciento Treinta y Tres (133) y del Doscientos setenta y Ocho (278) al trescientos once (311) respectivamente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.5. Promueve desde el folios once (11) hasta el folio Ciento diez (110), y del folio ciento treinta y seis (136) al doscientos Cincuenta (250) de la Primera pieza del Cuaderno Separado y del folio Tres (3) al treinta (30) de la segunda pieza del cuaderno separado, documéntales referidas a escrito presentado por el Lic. Carlos Viloria Director General de RRHH, copias simples de ficha personal del trabajador JAIDI PEREZ, planilla de reporte del Empleo, Horario de Trabajo al 26/09/2006, Política de Seguridad, Higiene y Ambiente, hojas de Control de charlas de SHA varias fechas, control de entrega de implementos de protección de distintas fechas, formato de dotación de implementos y equipos de protección personal de distintas fechas, minuta de reunión de fecha 26/10/06, oficio de fecha 07/08/06, orden de asistencia médica No. 0883 de fecha 20/8/06, formato denominado “Identificación y Notificación de Riesgos” de fecha 23/04/07, Politica Seguridad, Higiene y Ambiente de fecha 19/07/09, formato denominado “Identificación y Notificación de Riesgos” de fecha 17/07/08, Nómina, NIL, RIF, Registro de Comercio, y Nómina de la Empresa, escrito presentado en fecha 05/11/2009, emitido por Maria Fabiola Daboin, actuando en su condición de Recursos Humanos, Formato denominado “Notificación de Riesgos Cargo Caporal, formato denominado “Identificación y Notificación de Riesgos” de fecha 23/04/07, formato denominado “ Notificación de Riesgos Cargo Operador” de fecha 23/04/07, formato denominado “Identificación y Notificación de Riesgos” de fecha 23/04/07, formato denominado “Notificación de Riesgos Cargo Caporal” de fecha 12/08/08 y formato denominado “Identificación y Notificación de Riesgos” de fecha 23/04/07, Hojas de Control de Charlas de SHA de distintas fechas formato denominado “Identificación y Notificación de Riesgos” de fecha 17/07/08, memorandum 09/04/08, control de entrega de implementos y equipos de protección 10/04/07, documento denominado obra motatan sin fecha, manual de funciones del operador del equipo liviano, caporal, operador del equipo pesado de primera, operador del equipo pesado, formato de planilla denominado “Notificación de Riesgos espesorista caporal”, matriz de identificación y notificación de peligros y riesgos de puestos de trabajo, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.6. Promueve desde el folios Sesenta y Ocho (68) al Sesenta y Nueve (69), folio del Ciento Seis (106), folios del Doscientos Veintiocho (228) al Doscientos Treinta y Tres (233) de la Primera Pieza del cuaderno Separado de Recaudos, documentales referidas a notificación de Riesgo de fecha 23/04/07 en el cargo de Operador y formato para el Trabajo de Campo. Identificación y Notificación de Riesgos de fecha 23/04/07, Política Seguridad, Higiene y Ambiente de fecha 19/07/08 y Formato de Identificación y Notificación de Riesgos de fecha 17/07/08 en el cargo de Caporal, Formato de Identificación y Notificación de Riesgos de fecha 19/07/2008, Notificación de Riesgos de fecha 23/04/07 en el cargo de Operador, Formato para el trabajo de campo, Identificación y Notificación de Riesgos de fecha 23/04/07, Notificación de Riesgos de fecha 12/08/08 en el cargo de Caporal, Formato denominado Identificación y Notificación de Riesgos sin fecha las cuales se encuentran insertas en el expediente administrativo en los folios Sesenta y Seis (66) al Sesenta y Siete (67), Ciento tres (103) al Ciento Cuatro (104) en la primera Pieza y folios Doscientos Veintisiete (227) al Doscientos Treinta y Dos (232), este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.7- Promueve de los folios Setenta y Cinco (75) al Setenta y seis (76) de la primera pieza del Cuaderno Separado de Recaudos, certificación Medica N° 037/13 de fecha 01/02/2013 emitida por la Doctora Nayda Quero, Medica Ocupacional II del INPSASEL. este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.8- Promueven Informe emitido por la Doctora Nayda Quero Medica Ocupacional II del INPSASEL marcada con la Letra “A” la cual corre inserta a los folios 654 y 655 del expediente Principal, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
2- Promueven marcada con la letra “B” Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 40.091, de fecha 16/01/2013, mediante la cual se publica la providencia N° 15 de fecha 11/01/13, donde se observa la competencia atribuida a la Doctora Nayda Quero, actuando en su condición de Medica Ocupacional II del INPSASEL, la cual corre inserto de los folios 657 al 658 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
3- Promueve marcada con la letra “C” Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 39.325, de fecha 10/12/2019, mediante la cual se publica resolución, donde se desprende la designación del ciudadano Néstor Ovalles, de presidente de INPSASEL, la cual corre inserta al folio 659 al 660 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
PRUEBAS PROMOVIDAS POR EL TERCERO INTERESADO:
1-. DOCUMENTALES:
1.1- Constancias de Reposos Médicos suscritas por la Doctora Enma Araujo, Médica Fisiatra especialista en Fisioterapia, Trombosis, Parálisis Infantil, Fracturas, Osteoporosis, Artritis MPPS 35.817 CM: 2154 de fechas 02/08/2009; 23/03/2009; 13/04/2009; 24/04/2009; 04/05/2009; 25/05/2009; 18/06/2009 de las cuales se desprende los Reposos Médicos otorgados al ciudadano Jaidi Pérez y que rielan a de los folios 621 al 627 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, las ADMITE.
1.2- Constancia Medica del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy suscrita por la Doctora Yolanda Verrati especialista en Salud Ocupacional e Higiene del Ambiente Laboral MSDS 30.890 GML: 3.037 de fecha 15/04/09 y que riela al folio 628 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.3- Copia Simple de Constancia Medica suscrita por el Doctor José Ramón Moya Garcías, Medico Familiar especialista en Medicina Familiar, Control de Embarazo, Consulta de niños, adultos y anciano MSDS 64.998 de fecha 15/04/09 que riela al folio 629 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.4- Constancia Medica suscrita por la Doctora Antonieta Cipolla C., Neurocirujano especialista en Enfermedades del Sistema Nervioso Central y Periférico MSAS 38.927 CM: 1841 de fecha 15/04/09 indicando Reposo Medico al Ciudadano Jaidi Pérez, durante 60 días a partir del 22-04-2009 hasta el 10-07-09, que riela al folio 630 del expediente este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.5- Control de Citas emanado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales del ciudadano Jaidi Pérez, que riela al folio 631 del expediente este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE
1.6- Orden para Asistencia Medica N° 1901 de fecha 13-02-09 del Ciudadano Jaidi Pérez, suscrita por el Dr. José R. Moya G. con sello de EDIMA, C.A; que riela al folio 632 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.7- Nominas de obreros temporales de EDIMA C.A. semana 4ta y 5 ta Enero 2009, N° 001 del Ciudadano Jaidi Pérez que riela al folio 633 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.8- Informe de estudio RM Columna Lumbosacra de fecha 05/06/2009 emanado de la Unidad de Diagnostico por Imagen Indio Mara y suscrito por los Doctores Framelin Salas y Maria A. Molero C. que riela al folio 634 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.9- Informe de estudio RM Columna Lumbar de fecha 04/09/2012 emanado de la Unidad de imagenologia del Centro Clínico Maria Edelmira Araujo y suscrito por el Doctor Oswaldo Ramos Núñez que riela al folio 635 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.10- Copia Simple y Original del Informes de estudio NRM Lumbar suscritos por el Doctor Edwin Leomar Cerezo Estrada Neurocirujano que rielan a los folios 636 y 638 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, las ADMITE.
1.11- Estudio de Electroconducción Nerviosa de fecha 03/09/2012 emanado del Laboratorio Electrofisiología Clínica del Centro Clínico Maria Edelmira Araujo y suscrito por el Doctor Luis
Linares que riela al folio 637 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
1.12- Informe de Resonancia Magnética emanado del Centro Medico Diagnostico de Alta Tecnología Valera Estado Trujillo en fecha 06/02/2009 suscrito por el Dr. Víctor Chávez Guerra especialista en Imagenología, que riela al folio 639 del expediente, este Tribunal encontrándose dentro del lapso establecido en el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la ADMITE.
El Tribunal advierte a las partes que está corriendo simultáneamente el lapso para la presentación de informes de conformidad con el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosos Administrativa, en virtud de que los medios de prueba ofertados no requieren evacuación.
LA JUEZA,
Abg. AURA ESTELA VILLARREAL. EL SECRETARIO,
Abg. HUBER GIL