REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunales Itinerantes del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer
Barquisimeto, 15 de mayo de 2015
204º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-007992


Vista la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía QUINTA del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 (HOY 300) numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la fecha de la solicitud, procede este juzgado a decidirla en los siguientes términos:

La presente averiguación se inició en fecha 24 de abril de 2008, en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana YENNY DEL CARMEN AGUERO ESCALONA, titular de la cedula de identidad (...), por la presunta comisión del delito de AMENAZA Y ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 41 Y 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en la cual expuso: “... comenzó a faltarle el respeto, cuando dormía con su hija este se metía en su cuarto a tocarla, por lo que opto por decirle a su amiga Denny Sánchez quien era pareja del denunciado de lo que estaba sucediendo (…) llego a la casa diciéndole considérate mujer muerta momentos en que pensaba este darle un botellazo por la cabeza…”

Evidencia este Tribunal que no existen suficientes elementos que permiten encuadrar el hecho investigado dentro del tipo penal de actas aunado a que no existe constancia médica en la presente causa; a los fines de determinarse la materialidad del delito y la responsabilidad en la ejecución del mismo, existiendo por el transcurso fatal del tiempo la imposibilidad racional de incorporar nuevos datos a la investigación y continuarla, obteniendo resultados certeros, y que permitan el enjuiciamiento del ciudadano JOSE RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad SE DESCONOCE, razón por la cual lo Procedente y ajustado a Derecho es proveer favorablemente la Solicitud Fiscal y ordenar el SOBRESEIMIENTO de la Causa por el ordinal 4º del Artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Y ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Itinerante Segundo de Primera Instancia de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Conforme a lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: JOSE RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad SE DESCONOCE, por los delitos de AMENAZA Y xxxxxx, previsto y sancionado en el artículo 41 Y xxx de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana YENNY DEL CARMEN AGUERO ESCALONA, titular de la cedula de identidad (...), en consecuencia se ordena el cese la condición de imputado y cualquier medida cautelar que haya sido impuesta al mismo en razón de la presente causa penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Cúmplase.-
EL JUEZ DEL TRIBUNAL ITINERANTE SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS

ABG. MIGUEL ANGEL SANCHEZ GONZALEZ


SECRETARIO (A)