REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO : KP02-S-2015-000479
La ciudadana JOHANI TORRELLAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. V-18.421.596, Inpreabogado Nro. 173.781, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana PASTORA COROMOTO GRATEROL GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.367.425, solicitó la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el nombre de su madre como “JOSEFINA GONZALEZ,”, siendo lo correcto “MARIA JOSEFA GONZALEZ,”. La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público, publicar edicto y oficiar al SAIME.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, la notificación de la Fiscal, el edicto y el oficio anexos, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de la madre de la solicitante como “MARIA JOSEFA GONZALEZ”. En consecuencia se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento Nro. 1806, Folio 109 frente, libro 3, año 1971. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los veinte días del mes de mayo de dos mil quince. Años 205º y 156º.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. HILARION A. RIERA BALLESTERO
ABG. EDGAR J. BENITEZ C.
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