REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Los Rastrojos, 15 de Mayo del 2015.
Años: 205° y 156°.-
Exp. N°: 2364-13.
Motivo: INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO.
DEMANDANTE: GUSTAVO ADOLFO LOPEZ PEREZ
DEMANDADO: JOSE LEONARDO LEAL ALVARADO y MANUEL ANGEL GARCIA PEREZ.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y por cuanto este Tribunal observa que desde el 02 de Septiembre del año dos mil catorce (2014), fecha en que se recibió la comisión sin cumplir del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, ha transcurrido un lapso de ocho (08) meses y trece (13) días inclusive, sin que la parte actora haya cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la citación de los demandados, constituyéndose por su parte una falta de interés procesal, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, conforme al Numeral 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Cúmplase.-
El Juez,


Abog. ANTONIO JOSÉ ILLARRAMENDI M.
La Secretaria,


Abog. Josmery Parra de Montes.