JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- Trujillo, cuatro (4) de noviembre de dos mil quince (2015). 205° y 156°.-
Vista la diligencia estampada en fecha 29 de octubre de 2015, por la abogada Alys Méndez Rivero, inscrita en Inpreabogado bajo el número 25.412, en su condición de apoderada judicial del recurrente, ciudadano Silvestro Stivala Muscolino, identificado con cédula número 5.598.660, por medio de la cual desiste de la apelación por él ejercida contra decisión dictada por el A quo el 22 de agosto de 2012, por medio de la cual declaró inadmisible el presente recurso de amparo constitucional; este Tribunal Superior Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN. REMÍTASE el presente expediente al Tribunal de la causa, con oficio, previa anotación de su salida.
LA JUEZA SUPERIOR ACCIDENTAL,
Abog. CARMEN CECILIA ARAUJO ARAUJO
LA SECRETARIA,
Abog. RIMY RODRÍGUEZ A.
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