REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: TP11-0-2015-000015
PARTE AGRAVIADA: JORGE LUÍS RIVAS MENDOZA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 13.262.193, DOMICILIADO EN LA AVENIDA PRINCIPAL, CASA S/N, URBANIZACIÓN GIRALUNA 2, DEL MUNICIPIO MOTATAN DEL ESTADO TRUJILLO.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE AGRAVIADA: ABOGADA ANA CECILIA MILLA GARCÍA, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL N° 176.975.
PARTE AGRAVIANTE: CIUDADANOS MARÍA CONCEPCIÓN RIVERO ABREU, CON DOMICILIO EN: SECTOR ANDRÉS BELLO, CALLE ANDRÉS BELLO, FRENTE A CALLE ANDRÉS BELLO, DETRÁS DEL EDIFICIO ODONTOLÓGICO, MUNICIPIO MOTATAN ESTADO TRUJILLO; CARLOS ENRIQUE BENÍTEZ VILLEGAS, CON DOMICILIO EN: SECTOR CENTRO, FRENTE A LA AVENIDA BOLÍVAR, A LADO DEL EDIFICIO DE LA ALCALDÍA DE MOTATAN, ESTADO TRUJILLO; JAVIER JOSÉ PERDOMO GUILLEN, SECTOR EL CACAO 1, CALLE PRINCIPAL DEL SECTOR 2, AL LADO DE LA CANCHA, MUNICIPIO MOTATAN, ESTADO TRUJILLO; GREGOIBEL IGNACIO CHICHILLA YEPEZ, CON DOMICILIO EN: SECTOR SAN NICOLÁS, FRENTE A LA AVENIDA PRINCIPAL, VÍA EL BAÑO, MUNICIPIO MOTATAN ESTADO TRUJILLOY EL CENTRAL AZUCARERO TRUJILLO, S.A, ADSCRITO A LA CVA AZUCAR S.A, UBICADA AL FINAL DE LA AVENIDA BOLIVAR, FRENTE A LA IGLESIA EL CALVARIO, MUNICIPIO MOTATAN DEL ESTADO TRUJILLO.
REPRESENTANTE LEGAL DEL CENTRAL AZUCARERO TRUJILLO, S.A: ING. JOSE LUIS RODRIGUEZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-15.382.091.
FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO: ABOGADO JOSÉ LUÍS MOLINA GIL EN REPRESENTACIÓN DE LA FISCALÍA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO TRUJILLO.
MOTIVO: ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL.
En horas de despacho del día de hoy: LUNES DOS (02) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE (2015), siendo las 02:00 p.m, se da inicio a la AUDIENCIA CONSTITUCIONAL en el presente asunto. Se deja constancia que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual por el técnico en audiovisuales adscrito a esta Coordinación Judicial de Trabajo, ciudadano PIETRO CICCALE. Seguidamente el Juez, Abogado NELSON ANTONIO BRAVO MATERANO, solicita a la Secretaria, Abogada SULGHEY TORREALBA, verifique la presencia de las partes, no encontrándose presente, la parte accionante, ciudadano: JORGE LUÍS RIVAS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.262.193, quien no asistió ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno; de igual forma, se deja constancia de la incomparecencia de la parte accionada, ciudadanos: ciudadanos María Concepción Rivero Abreu, con domicilio en: Sector Andrés Bello, Calle Andrés Bello, Frente a Calle Andrés Bello, detrás del Edificio Odontológico, Municipio Motatan estado Trujillo; Carlos Enrique Benítez Villegas, con domicilio en: Sector Centro, Frente a la Avenida Bolívar, a lado del Edificio de la Alcaldía de Motatan, estado Trujillo; Javier José Perdomo Guillen, Sector El Cacao 1, Calle Principal del Sector 2, al lado de la Cancha, Municipio Motatan, estado Trujillo; Gregoibel Ignacio Chichilla Yepez, con domicilio en: Sector San Nicolás, Frente a la Avenida Principal, vía el baño, Municipio Motatan estado Trujillo, respectivamente, quienes no asistieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; e igualmente contra el CENTRAL AZUCARERO TRUJILLO, S.A., ADSCRITO A CVA AZÚCAR S.A., quien no asistió ningún representante legal ni apoderado judicial alguno de la referida empresa;asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la procuraduría general del estado Trujillo, se deja constancia que solo compareció a la presente audiencia Abogado José Luís Molina Gil en representación de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público del Estado Trujillo. En este estado, verificada la incomparecencia de la parte accionante, la representación de la Fiscalía del Ministerio Público, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue, expuso: solicito al tribunal que vista la incomparescencia de la parte accionante se de por terminado el presente recurso de amparo constitucional el ciudadano Juez pasa a pronunciar el fallo oral conforme el procedimiento establecido en la sentencia de fecha Primero (1°) de Febrero del año Dos Mil (2000) de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, caso José Amado Mejías Betancourt, que adapta el procedimiento de amparo a los postulados constitucionales tomando en cuenta que la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales es una norma preconstitucional. En tal sentido, observa que la referida jurisprudencia vinculante establece que la falta de comparecencia del presunto agraviado, en el presente caso, el ciudadano JORGE LUÍS RIVAS MENDOZA, ya identificado, dará por terminado el procedimiento, a menos que el Tribunal considere que los hechos alegados afectan el orden público; situación ésta que no se verifica en el presente asunto en el cual los derechos constitucionales cuya violación se denuncia solo afectan la esfera jurídica particular del denunciante y no al orden público, al no incidir en un bien colectivo o afectar el interés general; razón por la cual resulta forzoso para este Tribunal declarar terminado el procedimiento, tal como lo establece el artículo 23 de la ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales:
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, actuando como tribunal constitucional, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoado por el ciudadano: JORGE LUÍS RIVAS MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 13.262.193, domiciliado en la Avenida Principal, Casa S/N, Urbanización Giraluna 2, del Municipio Motatan del estado Trujillo, contra los ciudadanos: María Concepción Rivero Abreu, con domicilio en: Sector Andrés Bello, Calle Andrés Bello, Frente a Calle Andrés Bello, detrás del Edificio Odontológico, Municipio Motatan estado Trujillo; Carlos Enrique Benítez Villegas, con domicilio en: Sector Centro, Frente a la Avenida Bolívar, a lado del Edificio de la Alcaldía de Motatan, estado Trujillo; Javier José Perdomo Guillen, Sector El Cacao 1, Calle Principal del Sector 2, al lado de la Cancha, Municipio Motatan, estado Trujillo; Gregoibel Ignacio Chichilla Yepez, con domicilio en: Sector San Nicolás, Frente a la Avenida Principal, vía el baño, Municipio Motatan estado Trujillo y EL CENTRAL AZUCARERO TRUJILLO, S.A, ADSCRITO A LA CVA AZUCAR S.A, UBICADA AL FINAL DE LA AVENIDA BOLIVAR, FRENTE A LA IGLESIA EL CALVARIO, MUNICIPIO MOTATAN DEL ESTADO TRUJILLO. SEGUNDO: De conformidad con la parte in fine del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se exonera de costas al querellante, por cuanto no se constató temeridad en su solicitud. TERECRO: Notifíquese la presente decisión, mediante oficio remitido por IPOSTEL, a la Procuradora General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica, acompañándoles copia certificada de la misma. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, en Trujillo, a los dos (02) días del mes de noviembre de dos mil quince (2.015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación, siendo las 2:40 p. m.
EL JUEZ
ABG. NELSON ANTONIO BRAVO MATERANO
LA SECRETARIA,
ABG. SULGHEY TORREALBA
En la misma fecha y hora indicada se publicó el presente fallo previo cumplimiento de los requisitos de ley.
LA SECRETARIA,
ABG. SULGHEY TORREALBA
|