REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de noviembre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: N° TP11-N-2014-000017
PARTE DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL PRODUCTOS LÁCTEOS FLOR DE ARAGUA. C.A.. (PLAFACA), ORIGINALMENTE INSCRITA EN EL LIBRO DE COMERCIO LLEVADO POR ANTE EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, EN FECHA 16 DE ENERO DE 1974, BAJO EL Nº 12, TOMO 1, POSTERIORMENTE REGISTRADA POR ANTE EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN FECHA 3 DE ENERO DE 1981, BAJO EL N° 59, TOMO 1, CUYOS ESTATUTOS ACTUALES FUERON MODIFICADOS SEGÚN ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE FECHA 03 DE DICIEMBRE DE 2012, INSCRITA POR ANTE EL REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN FECHA 06 DE DICIEMBRE DE 2012, BAJO EL Nº 24, TOMO 36.A RMPET DE LOS LIBROS RESPECTIVOS, DOMICILIADA EN LA CARRETERA PANAMERICANA, KM. 537, VÍA AGUA VIVA, SABANA GRANDE DE MONAY, ESTADO TRUJILLO.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ABOGADO DOUGLAS EDUARDO BARRETO PERDOMO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL N° 117.474.
PARTE DEMANDADA: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR ÓRGANO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TRUJILLO DEL ESTADO TRUJILLO.
TERCERO INTERESADO CIUDADANO: PEDRO GONZALEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-10.319.055
MOTIVO: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD.
En horas de despacho del día de hoy, jueves Dos (02) de Noviembre de 2015, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA DE JUICIO en el presente asunto, se deja constancia que la audiencia se será reproducida en forma audiovisual, por el Técnico en Audiovisuales PIETRO CICCALE. Seguidamente el Juez, Abogado NELSON ANTONIO BRAVO MATERANO, solicita a la Secretaria, Abogada SULGHEY TORREALBA, verifique la presencia de las partes; dejándose constancia de la incomparecencia de la parte recurrente: la sociedad mercantil PRODUCTOS LÁCTEOS FLOR DE ARAGUA C.A. (PLAFACA), representado legalmente por el Ciudadano: PAOLO GRASSANO, a través de su apoderado Judicial Abogado DOUGLAS EDUARDO BARRETO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.474. De la misma manera se deja constancia de la incomparecencia del tercero interesado ciudadano PEDRO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.319.055, asimismo, no se hizo presente el Órgano que emitió el acto administrativo impugnado INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN TRUJILLO, de la FISCALIA SUPERIOR DEL MINISTERIO PUBLICO, de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Acto seguido el Tribunal, al verificar la incomparecencia de la parte actora a la audiencia de juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, declara el desistimiento del procedimiento, en los siguientes términos:
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento de nulidad incoado por la parte querellante la entidad de trabajo la sociedad mercantil PRODUCTOS LÁCTEOS FLOR DE ARAGUA. C.A.. (PLAFACA), originalmente inscrita en el libro de comercio llevado por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 16 de enero de 1974, bajo el Nº 12, Tomo 1, posteriormente registrada por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Trujillo, en fecha 3 de enero de 1981, bajo el N° 59, Tomo 1, cuyos estatutos actuales fueron modificados según acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de fecha 03 de diciembre de 2012, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en fecha 06 de diciembre de 2012, bajo el Nº 24, Tomo 36.A RMPET de los libros respectivos, domiciliada en la Carretera Panamericana, KM. 537, vía Agua Viva, Sabana Grande de Monay, Estado Trujillo, por intermedio de su apoderado judicial Abogado DOUGLAS EDUARDO BARRETO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.474; contra el acto administrativo de efectos particulares, constituido por la providencia administrativa Nº 066-2013-00322, de fecha 09 de septiembre de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Trujillo con sede en la ciudad de Trujillo, contenida en el expediente No. 066-2013-01-00176, que declaró sin lugar la denuncia por calificación de falta incoada por la sociedad mercantil PRODUCTOS LÁCTEOS FLOR DE ARAGUA. C.A.. (PLAFACA), por intermedio de su apoderado judicial Abogado DOUGLAS ACOSTA, inscrito en el instituto de previsión social bajo el N° 54.595, en contra del ciudadano PEDRO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° V-10.319.055, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión mediante oficio a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, acompañándole al oficio que se libre al efecto copia certificada de la presente decisión, para cuya expedición se autoriza a la ciudadana Secretaria del Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Trujillo, a los dos (02) días del mes de noviembre de dos mil quince (2015), siendo la 10:08 a.m. Año 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. NELSON ANTONIO BRAVO MATERANO
LA SECRETARIA,
ABG. SULGHEY TORREALBA
En la misma fecha de hoy, se publicó la anterior decisión, previo el cumplimiento de las formalidades de ley.
LA SECRETARIA,
ABG. SULGHEY TORREALBA
|