REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EXTENSION EL TOCUYO
CINCO (05) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE (2015)
205° y 156°

SOLICITUD: Nº 15-411-A2.

SOLICITANTES: JORGE PASTOR SALDIVIA PRIMERA, mayor de edad, de nacionalidad Venezolano, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.786.918, domiciliado en la Urbanización Bosque Remanzo, calle principal, casa Nº 28, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del estado Lara.

APODERADO: NO ACREDITO APODERADO.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SINTESIS DE LA SOLICITUD.

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos JORGE PASTOR SALDIVIA PRIMERA mayor de edad, de nacionalidad venezolano, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.786.918, domiciliados en la Urbanización Bosque Remanzo, calle principal, casa Nº 28, parroquia Bolívar, Municipio Moran del estado Lara. debidamente asistido por el Abogado ANGEL PASTOR FLORES RODRIGUEZ, Defensor Publico Primero especial Agrario con competencia en los Municipios Moran, Jiménez, Andrés Eloy Blanco y Torres, debidamente inscrito en el I.P.S.A Nº 186.650, mediante la cual solicitó se le otorgue TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESION, sobre la legitima propiedad de unas bienhechurías consistente en Un (01) canal con Trescientos Metros (300 m) de largo por dos Metros (2 m) de ancho y dos Metros (2 m) de profundidad, el cual se encuentra en frente de los linderos ESTE y SUR; una (01) cerca con la siguientes características: por linderos ESTE y SUR de paredes de bloque, manchones de cemento y cabilla de media 1/2, con un portón de ocho metros (8 m) de largo por dos metros (2 m) de alto, construido con tubo de hierro y lamina metálica, puerta de metal con protector de dos (2 m) de largo por un metro y medio (1 ½ m) de ancho y por los linderos NORTE y OESTE cerca con estantillos de madera y nueve pelos de alambre de púa, con un portón de tubo de hierro y tela metálica de alfajor de seis metros (6 m) de ancho por dos metros (2 m) de alto, el cual se encuentra dividido por dos hojas de tres metros (3 m) cada una. Un (01) callejón con su canal desde el buco hasta la avenida principal por el lindero SUR, de aproximadamente trescientos Metros (300 m) de largo, un callejón interno por alrededor de todo el lote de terreno con su cunetas en ambos lados de cuatrocientos metros (400 m) de largo, una carretera asfaltada desde la entrada principal en la Avenida José Trinidad Moran hasta la casa de ocho metros (8 m) de ancho por ciento cincuenta metros (150 m) de largo. Una toma de agua blanca desde la Avenida José Trinidad Moran hasta la casa con una longitud de ciento cincuenta metros (150 m) de largo, con manguera de un cuarto (1/4) y cinco llaves de paso entre la distancia. La instalación de cloacas desde la avenida hasta la casa con distancia de ciento cincuenta metros (150 m). Drenaje de cinco (05) mangueras de seis pulgadas (6”) con sus respectivos canales. Una puerta de hierro de dos (2 m) de alto por Un metro (1 m) de ancho, instalada en el lindero ESTE con lindero NORTE. Instalación de corriente eléctrica de ciento diez voltios (110 w) y doscientos veinte voltios (220 w) desde el poste de la avenida hasta el poste propio y de allí hasta la casa con una distancia de Doscientos Metros (200 m), instalación de motobomba para riego de la parcela, manguera de cuatro pulgadas de Seiscientos metros (600 m), dos tapones , tres codos de cuatro pulgadas (4”); dos llaves de paso de cuatro pulgadas (4”), una manguera de tres metros (3 m) de cuatro pulgadas (4”) conectada a un tubo de dos metros (2 m) y una maraca para succionar el agua de un pozo de cuatro metros (4 m) de hondo por doce metros (12 m) de ancho. Caseta para el resguardo de la motobomba con techo de zinc, cerca de alambre de púas, estantillos de madera y una reja de hierro. Instalación de setenta metros (70 m) de tubería de plástico de seis pulgadas (6”). Una hectárea (1 ha) de tomate en plena producción, media hectárea (1/2 ha) de pimentón. Una hectárea y media (1 ½ ha) de pimentón pequeño. Ciento treinta y dos (132) matas de lechosas. Treinta y cinco (35) matas de cambur. Diez (10) matas de yuca, auyama, batatas y cinco (05) matas de aguacate. Una (01) casa en el medio del terreno con paredes de bloques, techo de acerolit, rejas de hierro, protectores y puertas de hierro; distribuida en el corredor al frente de tres metros (03 m) de ancho por quince metros (15 m) de largo, tres (3) habitaciones, un (1) baño, una (01) cocina, un (01) corredor de cinco metros (05 m) de ancho por dieciséis metros (16 m) de largo, cercado con tela de alfajor, des rejas de seguridad instalaciones eléctricas, aguas blancas y cloacas, construidas sobre un lote de terreno denominado “El Campamento”, sobre el cual posee Garantía de Permanencia Socialista y Agrario y Carta de Registro Agrario, signado con el Nº 131611314RAT0205431, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: terreno ocupado por Domingo Cantando. SUR: Terreno ocupado por Hacienda Buenos Aires y Terminal de Pasajeros. ESTE: Avenida José Trinidad Moran y OESTE: terreno ocupado por Hacienda Buenos Aires, cercada en su totalidad, con una superficie total de TRES HECTAREAS CON QUINIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS, (03 Has con 515 Mts2) (Anexo plano del INTI). La cual tiene las siguientes coordenadas UTM Lote 1 P1, ESTE: 414.157, NORTE: 1.084.447, Lote: 1 P2- ESTE: 414.107, NORTE: 1.084.473, Lote 1 P3- ESTE: 414.083, NORTE: 1.084.476, Lote 1 P4- ESTE: 414.082, NORTE: 1.084.511, Lote 1 P5- ESTE: 414.076, NORTE: 1.084.541, Lote 1 P6- ESTE: 414.036, NORTE: 1.084.577, Lote 1 P7- ESTE: 414.010, NORTE: 1.084.639, Lote 1 P8- ESTE: 414.019, NORTE: 1.084.666, Lote 1 P09- ESTE: 414.081, NORTE: 1.084.633, Lote 1 P10- ESTE: 414.205, NORTE: 1.084.563, Lote 1 P11- ESTE: 414.285, Norte: 1.084.519, Lote 1 P12- ESTE: 414.271, NORTE: 1.084.488, Lote 1 P13- ESTE: 414.268, NORTE: 1.084.481, Lote 1 P14- ESTE: 414.225, NORTE: 1.084.411, Lote 1 P0, ESTE: 414.157, NORTE: 1.084.447. El costo de las bienhechurías descritas tiene un costo de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.50.000.000, 00) aproximadamente.



ANTECEDENTES.
En fecha 28 de octubre del 2015, se recibió solicitud de Título Supletorio, presentado por el ciudadano JORGE PASTOR SALDIVIA PRIMERA, , debidamente asistido por el Abogado ANGEL PASTOR FLORES RODRIGUEZ, Defensor Publico Primero especial Agrario con competencia en los Municipios Moran, Jiménez, Andrés Eloy Blanco Y Torres, dicha solicitud fue acompañada por copias de cedulas, copia de levantamiento topográfico, copia de Constancia de Ocupación y copia simple de Titulo de Garantía de Permanencia Socialista Agraria y carta de Registro Agrario, se ordeno darle entrada por secretaria y se le asigno la siguiente nomenclatura SOLICITUD Nº 15-411-A2. (Folios 01 al 16).
En fecha 29 de octubre de 2015, mediante auto se admitió a sustanciación la presente solicitud y se fijo oportunidad para la evacuación de Testigo para el día 03 de noviembre de 2015. (Folio 19 y 20).
En fecha 03 de noviembre del 2015, oportunidad fijada para la evacuación de testigos, se desprende el Acta levantada el siguiente testimonio:

“…DORELYS ELVIRA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, V- 10.120.241, domiciliada en El Sector La Alcabala, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del Estado Lara, el ciudadano alguacil anuncio el acto en las puertas del este Tribunal Agrario cumpliendo con las formalidades de ley, compareció la ciudadana antes mencionada quien dijo ser y llamarse DORELYS SIVIRA TOVAR de conformidad con el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil. Leído como fue las generalidades de ley referente a Testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar sobre el interrogatorio que de VIVA VOZ, le será formulada una serie de preguntas quien presto seguidamente el correspondiente juramento de Ley. En este estado el Tribunal comienza a formular una serie de preguntas al Testigo antes mencionado. PRIMERO: ¿Diga el testigo, si lo conoce suficientemente de vista trato y comunicación al ciudadano: JORGE PASTOR SALDIVIA PRIMERA? El testigo respondió: Si lo conozco desde hace tiempo. Es Todo. SEGUNDO: ¿Diga el testigo, si sabe y conocen de la existencia de un lote de terreno que ocupa el solicitante y le pertenece al Instituto Nacional de Tierras (INTI) ubicado en El Sector La Alcabala, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del Estado Lara? El testigo respondió: Si me consta. Es Todo TERCERO: ¿Diga el testigo, si por el conocimiento que dice tener del solicitante, sabe y le consta que a sus solas y únicas expensas construyó unas bienhechurías consistentes en una unidad de producción agrícola productiva, cercada en su totalidad, de una superficie de TRES HECTAREAS CON QUINIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS, (03 Has con 515 Mts2) (Anexo plano del INTI). La cual tiene las siguientes coordenadas UTM Lote 1 P1, ESTE: 414.157, NORTE: 1.084.447, Lote: 1 P2- ESTE: 414.107, NORTE: 1.084.473, Lote 1 P3- ESTE: 414.083, NORTE: 1.084.476, Lote 1 P4- ESTE: 414.082, NORTE: 1.084.511, Lote 1 P5- ESTE: 414.076, NORTE: 1.084.541, Lote 1 P6- ESTE: 414.036, NORTE: 1.084.577, Lote 1 P7- ESTE: 414.010, NORTE: 1.084.639, Lote 1 P8- ESTE: 414.019, NORTE: 1.084.666, Lote 1 P09- ESTE: 414.081, NORTE: 1.084.633, Lote 1 P10- ESTE: 414.205, NORTE: 1.084.563, Lote 1 P11- ESTE: 414.285, Norte: 1.084.519, Lote 1 P12- ESTE: 414.271, NORTE: 1.084.488, Lote 1 P13- ESTE: 414.268, NORTE: 1.084.481, Lote 1 P14- ESTE: 414.225, NORTE: 1.084.411, Lote 1 P0, ESTE: 414.157, NORTE: 1.084.447. El testigo respondió: Si me consta. Es Todo CUARTA: ¿Diga el testigo, si por ese conocimiento que dice tener del solicitante, sabe y le consta que a sus solas y únicas expensas construyó unas bienhechurías consistentes en Un (01) canal con Trescientos Metros (300 m) de largo por dos Metros (2 m) de ancho y dos Metros (2 m) de profundidad, el cual se encuentra en frente de los linderos ESTE y SUR; una (01) cerca con la siguientes características: por linderos ESTE y SUR de paredes de bloque, manchones de cemento y cabilla de media 1/2, con un portón de ocho metros (8 m) de largo por dos metros (2 m) de alto, construido con tubo de hierro y lamina metálica, puerta de metal con protector de dos (2 m) de largo por un metro y medio (1 ½ m) de ancho y por los linderos NORTE y OESTE cerca con estantillos de madera y nueve pelos de alambre de púa, con un portón de tubo de hierro y tela metálica de alfajor de seis metros (6 m) de ancho por dos metros (2 m) de alto, el cual se encuentra dividido por dos hojas de tres metros (3 m) cada una. Un (01) callejón con su canal desde el buco hasta la avenida principal por el lindero SUR, de aproximadamente trescientos Metros (300 m) de largo, un callejón interno por alrededor de todo el lote de terreno con su cunetas en ambos lados de cuatrocientos metros (400 m) de largo, una carretera asfaltada desde la entrada principal en la Avenida José Trinidad Moran hasta la casa de ocho metros (8 m) de ancho por ciento cincuenta metros (150 m) de largo. Una toma de agua blanca desde la Avenida José Trinidad Moran hasta la casa con una longitud de ciento cincuenta metros (150 m) de largo, con manguera de un cuarto (1/4) y cinco llaves de paso entre la distancia. La instalación de cloacas desde la avenida hasta la casa con distancia de ciento cincuenta metros (150 m). Drenaje de cinco (05) mangueras de seis pulgadas (6”) con sus respectivos canales. Una puerta de hierro de dos (2 m) de alto por Un metro (1 m) de ancho, instalada en el lindero ESTE con lindero NORTE. Instalación de corriente eléctrica de ciento diez voltios (110 w) y doscientos veinte voltios (220 w) desde el poste de la avenida hasta el poste propio y de allí hasta la casa con una distancia de Doscientos Metros (200 m), instalación de motobomba para riego de la parcela, manguera de cuatro pulgadas de Seiscientos metros (600 m), dos tapones , tres codos de cuatro pulgadas (4”); dos llaves de paso de cuatro pulgadas (4”), una manguera de tres metros (3 m) de cuatro pulgadas (4”) conectada a un tubo de dos metros (2 m) y una maraca para succionar el agua de un pozo de cuatro metros (4 m) de hondo por doce metros (12 m) de ancho. Caseta para el resguardo de la motobomba con techo de zinc, cerca de alambre de púas, estantillos de madera y una reja de hierro. Instalación de setenta metros (70 m) de tubería de plástico de seis pulgadas (6”). Una hectárea (1 ha) de tomate en plena producción, media hectárea (1/2 ha) de pimentón. Una hectárea y media (1 ½ ha) de pimentón pequeño. Ciento treinta y dos (132) matas de lechosas. Treinta y cinco (35) matas de cambur. Diez (10) matas de yuca, auyama, batatas y cinco (05) matas de aguacate. Una (01) casa en el medio del terreno con paredes de bloques, techo de acerolit, rejas de hierro, protectores y puertas de hierro; distribuida en el corredor al frente de tres metros (03 m) de ancho por quince metros (15 m) de largo, tres (3) habitaciones, un (1) baño, una (01) cocina, un (01) corredor de cinco metros (05 m) de ancho por dieciséis metros (16 m) de largo, cercado con tela de alfajor, des rejas de seguridad instalaciones eléctricas, aguas blancas y cloacas. El testigo respondió: Si me consta porque los he visto trabajando. Es Todo QUINTO: ¿Diga el testigo, si sabe y le consta que los linderos del terreno donde se encuentran ubicadas dichas bienhechurías son los siguientes: NORTE: terreno ocupado por Domingo Cantando. SUR: Terreno ocupado por Hacienda Buenos Aires y Terminal de Pasajeros. ESTE: Avenida José Trinidad Moran y OESTE: terreno ocupado por Hacienda Buenos Aires. El testigo respondió: Si me consta. Es Todo SEXTO: ¿Diga el testigo, si sabe y le consta que las referidas bienhechurías las ha poseído el solicitante en forma quieta, pacifica, no interrumpida, no equivoca y siempre con animo de dueño delante de todos como propias por mas de ocho (8) años? El testigo respondió: Si me consta porque los conozco desde hace tiempo. Es Todo SEPTIMO: ¿Diga el testigo, si sabe y le consta que en la construcción antes descritas el solicitante invirtió aproximadamente la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (50.000.000,00 Bs.)? El testigo respondió: Si me consta y hasta mas. Es Todo OCTAVO: Que los testigos den la razón fundada de sus dichos. El testigo respondió: Si me consta porque lo conozco desde hace tiempo. Es Todo.
Acto seguido se desprende el testimonial del ciudadano JOSE DEL CARMEN SALDIVIA PRIMERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, V- 9.579.397, domiciliada en El Sector La Alcabala, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del Estado Lara, el ciudadano alguacil anuncio el acto en las puertas del este Tribunal Agrario cumpliendo con las formalidades de ley, compareció el ciudadano antes mencionado quien dijo ser y JOSE DEL CARMEN SALDIVIA PRIMERA de conformidad con el articulo 486 del Código de Procedimiento Civil. Leído como fue las generalidades de ley referente a Testigos manifestó no tener impedimento alguno para declarar sobre el interrogatorio que de VIVA VOZ, le será formulada una serie de preguntas quien presto seguidamente el correspondiente juramento de Ley. En este estado el Tribunal comienza a formular una serie de preguntas al Testigo antes mencionado PRIMERO: ¿Diga el testigo, si lo conoce suficientemente de vista trato y comunicación al ciudadano: JORGE PASTOR SALDIVIA PRIMERA? El testigo respondió: Si lo conozco desde hace tiempo. Es Todo. SEGUNDO: ¿Diga el testigo, si sabe y conocen de la existencia de un lote de terreno que ocupa el solicitante y le pertenece al Instituto Nacional de Tierras (INTI) ubicado en El Sector La Alcabala, Parroquia Bolívar, Municipio Moran del Estado Lara? El testigo respondió: Si me consta. Es Todo TERCERO: ¿Diga el testigo, si por el conocimiento que dice tener del solicitante, sabe y le consta que a sus solas y únicas expensas construyó unas bienhechurías consistentes en una unidad de producción agrícola productiva, cercada en su totalidad, de una superficie de TRES HECTAREAS CON QUINIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS, (03 Has con 515 Mts2) (Anexo plano del INTI). La cual tiene las siguientes coordenadas UTM Lote 1 P1, ESTE: 414.157, NORTE: 1.084.447, Lote: 1 P2- ESTE: 414.107, NORTE: 1.084.473, Lote 1 P3- ESTE: 414.083, NORTE: 1.084.476, Lote 1 P4- ESTE: 414.082, NORTE: 1.084.511, Lote 1 P5- ESTE: 414.076, NORTE: 1.084.541, Lote 1 P6- ESTE: 414.036, NORTE: 1.084.577, Lote 1 P7- ESTE: 414.010, NORTE: 1.084.639, Lote 1 P8- ESTE: 414.019, NORTE: 1.084.666, Lote 1 P09- ESTE: 414.081, NORTE: 1.084.633, Lote 1 P10- ESTE: 414.205, NORTE: 1.084.563, Lote 1 P11- ESTE: 414.285, Norte: 1.084.519, Lote 1 P12- ESTE: 414.271, NORTE: 1.084.488, Lote 1 P13- ESTE: 414.268, NORTE: 1.084.481, Lote 1 P14- ESTE: 414.225, NORTE: 1.084.411, Lote 1 P0, ESTE: 414.157, NORTE: 1.084.447. El testigo respondió: Si me consta. Es Todo CUARTA: ¿Diga el testigo, si por ese conocimiento que dice tener del solicitante, sabe y le consta que a sus solas y únicas expensas construyó unas bienhechurías consistentes en Un (01) canal con Trescientos Metros (300 m) de largo por dos Metros (2 m) de ancho y dos Metros (2 m) de profundidad, el cual se encuentra en frente de los linderos ESTE y SUR; una (01) cerca con la siguientes características: por linderos ESTE y SUR de paredes de bloque, manchones de cemento y cabilla de media 1/2, con un portón de ocho metros (8 m) de largo por dos metros (2 m) de alto, construido con tubo de hierro y lamina metálica, puerta de metal con protector de dos (2 m) de largo por un metro y medio (1 ½ m) de ancho y por los linderos NORTE y OESTE cerca con estantillos de madera y nueve pelos de alambre de púa, con un portón de tubo de hierro y tela metálica de alfajor de seis metros (6 m) de ancho por dos metros (2 m) de alto, el cual se encuentra dividido por dos hojas de tres metros (3 m) cada una. Un (01) callejón con su canal desde el buco hasta la avenida principal por el lindero SUR, de aproximadamente trescientos Metros (300 m) de largo, un callejón interno por alrededor de todo el lote de terreno con su cunetas en ambos lados de cuatrocientos metros (400 m) de largo, una carretera asfaltada desde la entrada principal en la Avenida José Trinidad Moran hasta la casa de ocho metros (8 m) de ancho por ciento cincuenta metros (150 m) de largo. Una toma de agua blanca desde la Avenida José Trinidad Moran hasta la casa con una longitud de ciento cincuenta metros (150 m) de largo, con manguera de un cuarto (1/4) y cinco llaves de paso entre la distancia. La instalación de cloacas desde la avenida hasta la casa con distancia de ciento cincuenta metros (150 m). Drenaje de cinco (05) mangueras de seis pulgadas (6”) con sus respectivos canales. Una puerta de hierro de dos (2 m) de alto por Un metro (1 m) de ancho, instalada en el lindero ESTE con lindero NORTE. Instalación de corriente eléctrica de ciento diez voltios (110 w) y doscientos veinte voltios (220 w) desde el poste de la avenida hasta el poste propio y de allí hasta la casa con una distancia de Doscientos Metros (200 m), instalación de motobomba para riego de la parcela, manguera de cuatro pulgadas de Seiscientos metros (600 m), dos tapones , tres codos de cuatro pulgadas (4”); dos llaves de paso de cuatro pulgadas (4”), una manguera de tres metros (3 m) de cuatro pulgadas (4”) conectada a un tubo de dos metros (2 m) y una maraca para succionar el agua de un pozo de cuatro metros (4 m) de hondo por doce metros (12 m) de ancho. Caseta para el resguardo de la motobomba con techo de zinc, cerca de alambre de púas, estantillos de madera y una reja de hierro. Instalación de setenta metros (70 m) de tubería de plástico de seis pulgadas (6”). Una hectárea (1 ha) de tomate en plena producción, media hectárea (1/2 ha) de pimentón. Una hectárea y media (1 ½ ha) de pimentón pequeño. Ciento treinta y dos (132) matas de lechosas. Treinta y cinco (35) matas de cambur. Diez (10) matas de yuca, auyama, batatas y cinco (05) matas de aguacate. Una (01) casa en el medio del terreno con paredes de bloques, techo de acerolit, rejas de hierro, protectores y puertas de hierro; distribuida en el corredor al frente de tres metros (03 m) de ancho por quince metros (15 m) de largo, tres (3) habitaciones, un (1) baño, una (01) cocina, un (01) corredor de cinco metros (05 m) de ancho por dieciséis metros (16 m) de largo, cercado con tela de alfajor, des rejas de seguridad instalaciones eléctricas, aguas blancas y cloacas. El testigo respondió: Si me consta porque los he visto trabajando. Es Todo QUINTO: ¿Diga el testigo, si sabe y le consta que los linderos del terreno donde se encuentran ubicadas dichas bienhechurías son los siguientes: NORTE: terreno ocupado por Domingo Cantando. SUR: Terreno ocupado por Hacienda Buenos Aires y Terminal de Pasajeros. ESTE: Avenida José Trinidad Moran y OESTE: terreno ocupado por Hacienda Buenos Aires. El testigo respondió: Si me consta. Es Todo SEXTO: ¿Diga el testigo, si sabe y le consta que las referidas bienhechurías las ha poseído el solicitante en forma quieta, pacifica, no interrumpida, no equivoca y siempre con animo de dueño delante de todos como propias por mas de ocho (8) años? El testigo respondió: Si me consta porque los conozco desde hace tiempo. Es Todo SEPTIMO: ¿Diga el testigo, si sabe y le consta que en la construcción antes descritas el solicitante invirtió aproximadamente la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (50.000.000,00 Bs.)? El testigo respondió: Si me consta y hasta mas. Es Todo OCTAVO: Que los testigos den la razón fundada de sus dichos. El testigo respondió: Si me consta porque lo conozco desde hace tiempo. Es Todo…”

Para decidir este Tribunal observa:
UNICO: Tomando en consideración el Titulo de Garantía de Permanencia socialista Agraria y carta de Registro Agrario adminiculándola con las declaraciones de los testigos: DORELYS ELVIRA TOVAR y JOSE DEL CARMEN SALDIVIA PRIMERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, V- 10.120.241 y V- 9.579.397, respectivamente, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN sobre las bienhechurías anteriormente descritas que se determinan suficientemente en el presente decreto, a favor del ciudadano JORGE PASTOR SALDIVIA PRIMERA mayor de edad, de nacionalidad venezolano, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.786.918, domiciliado en la Urbanización Bosque Remanzo, calle principal, casa Nº 28, parroquia Bolívar, Municipio Moran del estado Lara., advirtiendo que la presente solo podrá ser registrada con debida autorización del propietario del lote de terreno sobre el cual se encuentran enclavadas dichas bienhechurías, o de la Procuraduría General de la República o en su defecto del Instituto Nacional de Tierras (INTI). Devuélvase las actuaciones a la parte interesada y déjese copia de la presente solicitud. Es todo.

La Jueza;

Abog. Ana Cecilia Acosta Malavé.
La Secretaria;

Abog. Aura Rosa Molina.


ACAM/AM/JP