TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTICUATRO (24) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
205° y 156°
EXPEDIENTE Nº 3638-2015.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA
Que el obligado alimentario, ciudadano: JOSÉ LUÍS GODOY BRICEÑO, venezolano, de treinta (30) años de edad, soltero, de oficios Bombero Profesional de Carrera, Destacado en el Municipio Boconó Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad Nº V-17.509.922, domiciliado en la Hoyada I, Casa S/Nº, Parroquia Mosquey, Municipio Boconó, estado Trujillo; en fecha diecinueve (19) de Noviembre del año dos mil quince, ofreció la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo) MENSUALES, mas el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre de cada año como Bono Vacacional y Bonificación de fin de año (Aguinaldos). En cuanto al 50% para gastos de vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, asistencia médica, medicamentos, y otros gastos que se puedan presentar será de mutuo acuerdo entre las partes por tratarse de hechos inciertos; los cuales fueron aceptados en esta misma fecha por la Demandante de autos, ciudadana: ROSALBA DEL CARMEN HERNÁNDEZ MONTILLA, venezolana, de veintiocho y nueve (29) años de edad, soltera, de profesión ú oficios oficial de Búsqueda y Salvamente, en Protección Civil, Boconó Estado Trujillo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.828.165, domiciliada Miticuncito, Vía El Hato, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo; hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de los niños ROSIMAR DEL CARMEN y YONAIBER JOSÉ GODOY HERNÁNDEZ, (beneficiarios) en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de sus necesidades.-
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