REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, VEINTICUATRO (24) DE NOVIEMBRE DEL 2015
205º Y 156º
ASUNTO: KP02-A-2015-000011
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, pasa a pronunciarse sobre los Límites de la Controversia, en los siguientes términos:
El Tribunal, por auto razonado, hará la fijación de los hechos y de los límites dentro de los cuales quedo trabada la relación sustancial controvertida, fijando un lapso dentro del cual se deberán evacuar las pruebas que por su complejidad o naturaleza no puedan evacuarse en la audiencia probatoria; todo esto sin perjuicio de que las partes no hubiesen concurrido a la audiencia preliminar... (Cursiva y subrayado del Tribunal).
HECHOS CONTROVERTIDOS
1.- Que los ciudadanos RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA, HONORIO JOSÉ PEÑA SANGRONIS y YINMY CHIRINOS PEREIRA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 17.625.322, 13.033.773 y 16.898.276, hayan realizado actos de despojo sobre el lote de terreno, ubicado en el Caserío Cordero, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, donde funciona la Planta Beneficiadora de Aves Barquisimeto, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez, con vía de penetración a la Planta de por medio; SUR: Terrenos ocupados por finca El Carmen, ESTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez y OESTE: Terrenos ocupados por Isabelia Apóstol, José Montero y Germán González con carretera vía Tacarigua de por medio.
2.- Que los ciudadanos RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA, HONORIO JOSÉ PEÑA SANGRONIS y JIMMY CHIRINOS PEREIRA, hayan tomado por vías de hecho las instalaciones existentes sobre lote de terreno, ubicado en el Caserío Cordero, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, donde funciona la Planta Beneficiadora de Aves Barquisimeto, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez, con vía de penetración a la Planta de por medio; SUR: Terrenos ocupados por finca El Carmen, ESTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez y OESTE: Terrenos ocupados por Isabelia Apóstol, José Montero y Germán González con carretera vía Tacarigua de por medio, que consisten en una planta beneficiadora de aves, oficinas administrativas a dos niveles, oficinas de Ven Pollo a dos niveles, galpones, casas, casetas, lagunas de oxidación, trampa para sólidos, áreas de depósito externos, tanques superficiales, tanque subterráneo, paredes perimetrales, cercas internas y externas, área de estacionamiento, vialidad interna, tuberías para empotrar aguas blancas, negras y cables a pozos; y no permitiendo el acceso de ningún representante de la Empresa BENEFICIADORA DE AVES BARQUISIMETO S.A, representada por el ciudadano JOSÉ RAMIRO RODRIGUEZ HENRIQUEZ.
3.- Que los ciudadanos RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA, HONORIO JOSÉ PEÑA SANGRONIS y JIMMY CHIRINOS PEREIRA, hayan entrado y quitado las llaves de las instalaciones ubicadas en el Caserío Cordero, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, donde funciona la Planta Beneficiadora de Aves Barquisimeto, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez, con vía de penetración a la Planta de por medio; SUR: Terrenos ocupados por finca El Carmen, ESTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez y OESTE: Terrenos ocupados por Isabelia Apóstol, José Montero y Germán González con carretera vía Tacarigua de por medio, a los ciudadanos SANTIAGO ALVARADO y ANA GUEDEZ, quienes se desempeñan como vigilantes de la empresa.
4.- Que los ciudadanos RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA, HONORIO JOSÉ PEÑA SANGRONIS y JIMMY CHIRINOS PEREIRA, hayan sometido de manera violenta y arbitraria a los ciudadanos SANTIAGO ALVARADO Y ANA GUEDEZ, apartándolos de sus puestos de trabajo, expulsándolos de las instalaciones que consisten en una planta beneficiadora, oficinas administrativas a dos niveles, oficinas de Ven Pollo a dos niveles, galpones, casas, casetas, lagunas de oxidación, trampa para sólidos, áreas de depósito externos, tanques superficiales, tanque subterráneo, paredes perimetrales, cercas internas y externas, área de estacionamiento, vialidad interna, tuberías para empotrar aguas blancas, negras y cables a pozos, cerrando por completo el portón de acceso y prohibiendo el ingreso al mismo a cualquier persona.
5.- Que los ciudadanos RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA, HONORIO JOSÉ PEÑA SANGRONIS y JIMMY CHIRINOS PEREIRA, hayan ocupado de manera ilegal la planta beneficiadora manteniendo el control de movilidad interna y disponiendo desde ese momento de los bienes muebles que allí se encuentran en beneficio propio.
6.- Que la empresa Beneficiadora de Aves Barquisimeto S.A., representada por el ciudadano JOSÉ RAMIRO RODRIGUEZ HENRIQUEZ, haya realizado una actividad agroproductiva.
HECHOS NO CONTROVERTIDOS
1.- Que dicho predio se encuentra ubicado en el Caserío Cordero, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, donde funciona la Planta Beneficiadora de Aves Barquisimeto, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez, con vía de penetración a la Planta de por medio; SUR: Terrenos ocupados por finca El Carmen, ESTE: Terrenos ocupados por Abraham Jiménez y OESTE: Terrenos ocupados por Isabelia Apóstol, José Montero y Germán González con carretera vía Tacarigua de por medio.
2.- Que la Empresa Beneficiadora de Aves Barquisimeto, S.A, representada por el ciudadano José Ramiro Rodríguez Henriquez, haya tenido una posesión legítima de más de treinta (30) años.
3.- Que la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL DIRECTA COMUNAL BENEAGRO LOS 19 LUCHADORES DE LA PATRIA, representada por los ciudadanos RAINER ANTONIO ORTIZ DAZA, HONORIO JOSÉ PEÑA SANGRONIS y JIMMY CHIRINOS PEREIRA, sea beneficiaria de un Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario No. 1315978815RAT0005283 emitida por el Instituto Nacional de Tierras (INTI) sobre un lote de terreno denominado Fundo Beneagro, ubicado en el sector Cordero, Asentamiento Campesino Federman, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, constante de doce hectáreas con seis mil novecientos setenta y dos metros cuadrados (12 has con 6972 m2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terreno ocupado por empresa Beneficiadora de Pollo Souto, SUR: Terrenos Inti y Carretera Tacarigua, ESTE: Terrenos ocupados por Abraham Giménez y José Santana Santoval, y OESTE: Carretera Tacarigua, terrenos ocupados por Moisés Sandoval y familia Vásquez Ruiz.
Quedan así, fijados los hechos y los limites dentro de los cuales queda trabada la relación sustancial controvertida en la presente causa; de conformidad con el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se fija un lapso de cinco (5) días de despacho para promover pruebas sobre el mérito de la causa, que no hayan sido promovidas en las fases anteriores del procedimiento. Vencido éste y cumplido el auto de admisión de las mismas, se fijará un lapso de evacuación que no podrá exceder de treinta días (30) días.
El Juez, La Secretaria Acc,
(fdo) (fdo)
Abg. Alonso E. Barrios A. Abg. María C. González.
AEBA/MCG/hc
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