REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Carora, Quince (15) de Octubre de dos mil quince
205º y 156º


Demandante: Jael Zolaima Verdes Montero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.619.610, domiciliada en esta Ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.

Apoderado Judicial de la Parte Demandante: Jesús Ángel Benítez Valderrama, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.722.980, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 79.072.

Demandada: Hortencia del Rosario Álvarez de Bastidas, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.631.198, de este domicilio.

Apoderados Judiciales de la parte Demandada: Ana Carolina Bastidas Álvarez, Alexander Coronado González y Andreina Beatriz Lameda Suarez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 16.770.487, V- 9.632.970, y V- 16.768.590, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 136.154, 40.494, y 208.059, respectivamente.

Sentencia: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva

Motivo: Cumplimiento de Contrato

Asunto: KP12-V-2015-000126.-

Inicio

Visto el escrito de transacción presentado en fecha 09/10/2015, (Folio 65), por la Abogada Ana Carolina Bastidas Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.770.487, inscrita en el I.P.S.A., Nº 136.154, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada Ciudadana Hortencia del Rosario Álvarez de Bastidas, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.631.198, y la Ciudadana Jael Zolaima Verdes Montero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.619.610, parte demandante, asistida por su Apoderado Judicial Abogado Jesús Ángel Benítez Valderrama, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.722.980, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 79.072, y en aras de dar por terminado el presente litigio, la parte Demandada Ciudadana Hortencia del Rosario Álvarez de Bastidas, se obliga a desocupar y entregar el inmueble arrendado a la demandante el día martes 13 de Octubre del 2015, y la parte Demandante Ciudadana Jael Zolaima Verdes Montero, acepta los términos del presente acto de Auto Composición Procesal, en consecuencia éste Tribunal le imparte su correspondiente homologación, téngase la formula de auto-composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255, 256 y 257 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se da por terminado el presente procedimiento, y se ordena el archivo del expediente. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Quince (15) días del mes de Octubre del año dos mil Quince (2015).
El Juez

Abg. Rafael José Martínez Rivero

La Secretaria

Abg. Karla Andreina Segueri Álvarez
En ésta misma fecha se registró bajo el Nº 07/2015, de las Sentencias Interlocutorias con Fuerza de Definitiva, se publicó siendo las 10:40 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria

Abg. Karla Andreina Segueri Álvarez