REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Carora, Veintisiete (27) de Octubre de dos mil Quince
205º y 156º

Demandante: María Augusta Goncalves De Freitas, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.953.397, domiciliada en la Ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara.

Abogada Asistente de la parte Demandante: María Matilde Ferrer Zubillaga, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.936.611, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 28.126.

Demandado: Empresa Mercantil Ferretería Carioca, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el Nº 78, Tomo 3-G, de fecha 18 de Septiembre del año 1987, Rif. J-08522658-3, representada por su Presidente Ciudadano Efrén Joaquín González Rodriguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.918.496.

Motivo: Desalojo

Sentencia: Interlocutoria Con Fuerza Definitiva


Asunto: KP12-V-2015-000251.-

Visto el Desistimiento de la Demanda, presentado en fecha 22/10/2015, (Folio 07), antes del acto de la Contestación de la misma, por la Ciudadana María Augusta Goncalves De Freitas, en su condición de Demandante, asistida por la Ciudadana Abogada María Matilde Ferrer Zubillaga, y donde solicita se dé por terminado el proceso, éste Tribunal le imparte su correspondiente homologación, téngase la formula de auto-composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 255, 256 y 257 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se da por terminado el presente procedimiento, y se ordena el archivo del expediente. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Veintisiete (27) días del mes de Octubre del año dos mil Quince (2015).

El Juez

Abg. Rafael José Martínez Rivero

La Secretaria


Abg. Karla Andreina Segueri Álvarez
En ésta misma fecha se registró bajo el Nº 09/2015, de las Sentencias Interlocutorias con Fuerza de Definitiva, se publicó siendo las 02:45 p.m. y se expidió copia certificada para archivo.

La Secretaria


Abg. Karla Andreina Segueri Álvarez