Nro. 4294
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO. TRUJILLO, VEINTIUNO (21) DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS (2.016).
206° y 157°
Vista la solicitud presentada por el ciudadano RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.906.856, domiciliado en Jurisdicción de la Parroquia Flor de Patria del Municipio Pampán del Estado Trujillo, debidamente asistido por la Abogada YSBELL DIOMARY MATHEUS PIÑA, inscrita en el I.P.S.A.., bajo el Nro.163.035, mediante la cual solicita de este Tribunal, se les declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, De la De Cujus ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA, quien era venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de ocupación Oficios del Hogar, natural de Trujillo, domiciliada en la Calle Principal de Flor de Patria, Municipio Pampán del Estado Trujillo, de Ochenta y Cinco (85) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.919.275, quien falleció el Veintisiete (27) de Marzo de Dos Mil Diez (2.010), según consta del Acta de Defunción Nro.08, expedida el 13 de Mayo del Dos Mil Diez (2.010), por ante la Oficina del Registro Civil Municipal Parroquia Flor de Patria, Alcaldía del Municipio Pampán del Estado Trujillo, la cual cursa al folio 03 de la presente solicitud.
Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción Nro. 08, de ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA, expedida el 13 de Mayo del Dos Mil Diez (2.010), por ante la Oficina del Registro Civil Municipal Parroquia Flor de Patria, Alcaldía del Municipio Pampán del Estado Trujillo. Partidas de nacimiento de los ciudadanos: GLORIA ERNESTINA MONTILLA BRICEÑO; LUIS ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO; RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO; GILBERTO GUSTAVO e IRIS BEATRIZ MONTILLA BRICEÑO, expedidas en fechas 13-04-2.010, 14-04-2.010, 13-04-2010, 13-04-2.010 y 10-09-2.012, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Pampán, Alcaldía del Municipio Pampán del Estado Trujillo, signada con los Nros. 405, 257, 323, 214, 474, respectivamente. Declaración de los testigos RAMON LEONARDO GODOY; ALICIA TRINELA LEON LINARES y JOSE EVARISTO BARRIOS VALERA. Copia de las cédulas de identidad De la De Cujus ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA y de los herederos.
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Acta de Defunción de ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA, con lo cual se evidencia que falleció en fecha 27 de Marzo de 2.010, tal como lo manifestó la solicitante 2.-) Partidas de nacimiento de los ciudadanos: GLORIA ERNESTINA MONTILLA BRICEÑO; LUIS ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO; RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO; GILBERTO GUSTAVO e IRIS BEATRIZ MONTILLA BRICEÑO, con la cual se evidencia que son hijos de la causante ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA, tal como lo manifestó la solicitante, 3.-). Declaración de los testigos: RAMON LEONARDO GODOY; ALICIA TRINELA LEON LINARES y JOSE EVARISTO BARRIOS VALERA, rendidas, el 13 de Noviembre de 2.013, cursantes a los folios 10 al 13, por ante este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito del Estado Trujillo, quienes manifestaron, que sí conocieron de vista, trato y comunicación a la ciudadana ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA, hoy difunta; que si conocen a sus hermanos, GILBERTO GUSTAVO MONTILLA BRICEÑO; LUIS ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO, GLORIA ERNESTINA MONTILLA BRICEÑO e IRIS BEATRIZ MONTILLA BRICEÑO, de vista, trato y comunicación; que si conocen a RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO, de vista, trato y comunicación de toda la vida; que si saben y le consta que los únicos hijos que procreó la difunta ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA son GILBERTO GUSTAVO MONTILLA BRICEÑO; LUIS ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO; GLORIA ERNESTINA MONTILLA BRICEÑO; IRIS BEATRIZ MONTILLA BRICEÑO y RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO; que si saben y le consta que los Únicos y Universales Herederos de la difunta ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA, son los ciudadanos GILBERTO GUSTAVO MONTILLA BRICEÑO; LUIS ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO; GLORIA ERNESTINA MONTILLA BRICEÑO; IRIS BEATRIZ MONTILLA BRICEÑO y RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO. Dichos testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS De la De Cujus ANA DE JESUS BRICEÑO MONTILLA, quien falleciera el Veintisiete (27) de Marzo de Dos Mil Diez (2.010), según consta del Acta de Defunción expedida por ante la Registro Civil Municipal Parroquia Flor de Patria, Alcaldía del Municipio Pampán del Estado Trujillo, a los ciudadanos: Gilberto Gustavo MONTILLA BRICEÑO; LUIS ENRIQUE MONTILLA BRICEÑO; GLORIA ERNESTINA MONTILLA BRICEÑO; IRIS BEATRIZ MONTILLA BRICEÑO y RAFAEL JOSE MONTILLA BRICEÑO., titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.520.269, V-3.520.239, V- 3.905.094, V-4.317.355 y V-3.906.856 respectivamente; en su condición de hijos de la causante ANA DE JESUS BRICEÑO MEJIA.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Devuélvase todas las actuaciones que conforman este expediente
haciéndole entrega de las mismas con sus originales al solicitante, dejándose copia fotostática certificada de estas en el Archivo de este Juzgado
EL JUEZ


ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG .RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS