Solicitud Nro. 5.175
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, VEINTISEIS (26) DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS. (2016)
206° y 157°
Vista la solicitud con sus recaudos anexos, presentada por el Abogado VÍCTOR ARTURO VÁSQUEZ JUSTO, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 180.184, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.314.433, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana: DILCIA ANDY BRICEÑO DE MONTILLA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.000.107, mediante la cual solicita que sean declarados, su Poderdante, como Únicos y Universales Herederos, junto con los ciudadanos: LILIAN XIOMARA MONTILLA CHACON, DANIEL RAFAEL MONTILLA BRICEÑO, ANDERSON JAVIER MONTILLA BRICEÑO, RAFAEL RAMON MONTILLA BRICEÑO, DORIS YACELIS MONTILLA DE NARVAEZ, YELITZA COROMOTO MONTILLA BRICEÑO, JOHAN ALEXANDER MONTILLA BRICEÑO, JOSE GREGORIO MONTILLA BRICEÑO Y EDWAR JESUS MONTILLA BRICEÑO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-11.486.984, V-14.556.788, V-16.014.279, V-16.014.281, V-16.651.429, V-16.651.428, V-17.596.981, V-18.376.074 y V-23.250.394 respectivamente, del de Cujus RAFAEL RAMON MONTILLA ANDRADE, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.014.894, y falleció en fecha 08 de Febrero de 2015, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nro.84, la cual cursa al folio 6 del presente expediente. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Acta de Defunción del extinto Rafael Ramon Montilla Andrade; Copia Certificada del Acta de Matrimonio del causante Rafael Ramón Montilla Andrade y la ciudadana Dilcia Andy Briceño de Montilla; Copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos Lilian Xiomara Montilla Chacon, Daniel Rafael Montilla Briceño, Anderson Javier Montilla Briceño, Rafael Ramón Montilla Briceño, Doris Yacelis Montilla de Narvaez, Yelitza Coromoto Montilla Briceño, Johan Alexander Montilla Briceño, Jose Gregorio Montilla Briceño y Edwar Jesus Montilla Briceño; Declaración de las testigos, ciudadanas Magalis de Jesús Andrade de Daboín, María Alejandra Justo Terán, Nelly del Valle Bracamonte Yépez y Yankerlys Nataly Calderón Vásquez. En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1-) Acta de Defunción del causante Rafael Ramón Montilla Andrade, en la cual se constata que el mismo falleció el 08 de Febrero de 2015. 2-) Copia Certificada del Acta de Matrimonio del causante Rafael Ramón Montilla Andrade y la ciudadana Dilcia Andy Briceño de Montilla, en la cual se evidencia el vínculo que existió entre el causante y la referida ciudadana. 3) Copias certificadas de las Partidas de Nacimiento de los ciudadanos Lilian Xiomara Montilla Chacon, Daniel Rafael Montilla Briceño, Anderson Javier Montilla Briceño, Rafael Ramón Montilla Briceño, Doris Yacelis Montilla de Narvaez, Yelitza Coromoto Montilla Briceño, Johan Alexander Montilla Briceño, Jose Gregorio Montilla Briceño y Edwar Jesus Montilla Briceño, en las cuales se evidencia que son hijos del causante Rafael Ramón Montilla Andrade. 4-) Declaración de las testigos, ciudadanas Magalis de Jesús Andrade de Daboín, María Alejandra Justo Terán, Nelly del Valle Bracamonte Yépez y Yankerlys Nataly Calderón Vásquez, rendidas ante este Tribunal, en fecha 01 de Febrero de 2016, quienes manifestaron, que conocieron al extinto Rafael Ramón Montilla Andrade, desde hace muchos años; que les consta que el extinto José de los Santos Montilla y la ciudadana María Andrade, son los padres de Rafael Ramón Montilla Andrade; que les consta que el mencionado extinto Rafael Ramón Montilla Andrade, era casado con la ciudadana Dilcia Briceño de Montilla; que les consta que el extinto Rafael Ramón Montilla Andrade, dejó nueve hijos de nombres: Lilian Xiomara Montilla Chacon, Daniel Rafael Montilla Briceño, Anderson Javier Montilla Briceño, Rafael Ramón Montilla Briceño, Doris Yacelis Montilla de Narvaez, Yelitza Coromoto Montilla Briceño, Johan Alexander Montilla Briceño, Jose Gregorio Montilla Briceño y Edwar Jesus Montilla Briceño. Dichos testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus RAFAEL RAMÓN MONTILLA ANDRADE, quien falleciera en fecha 08 de Febrero de 2015, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo, Estado Trujillo, a los ciudadanos: DILCIA ANDY BRICEÑO DE MONTILLA, LILIAN XIOMARA MONTILLA CHACON, DANIEL RAFAEL MONTILLA BRICEÑO, ANDERSON JAVIER MONTILLA BRICEÑO, RAFAEL RAMON MONTILLA BRICEÑO, DORIS YACELIS MONTILLA DE NARVAEZ, YELITZA COROMOTO MONTILLA BRICEÑO, JOHAN ALEXANDER MONTILLA BRICEÑO, JOSE GREGORIO MONTILLA BRICEÑO Y EDWAR JESUS MONTILLA BRICEÑO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-8.000.107, V-11.486.984, V-14.556.788, V-16.014.279, V-16.014.281, V-16.651.429, V-16.651.428, V-17.596.981, V-18.376.074 y V-23.250.394 respectivamente, la primera de los nombrados, en su condición de cónyuge, y los siguientes como hijos del causante RAFAEL RAMÓN MONTILLA ANDRADE.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Así mismo, se acuerda hacer entrega de estas actuaciones en original al solicitante, dejándose copias fotostáticas, debidamente certificadas por Secretaría en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ


ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS