2453-16
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, CINCO (05) DE ABRIL DE DOS MIL DIECISEIS. (2016)
205° y 157°
Recibido por Distribución el anterior escrito con sus recaudos adjuntos, contentivo de la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, promovido por la Abogada EGLE SAEZ SEGOVIA, Venezolana, mayor de edad, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 42.406, titular de la cédula de identidad Nro.V-5.355.335, con domicilio procesal en la Av. Diego García de Paredes, Casa N° 5-14, sector Las Araujas, Parroquia Matriz, Municipio y Estado Trujillo, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JOSE LUIS VERONICO GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro.V-4.826.065, domiciliado en la ciudad de Valera, Municipio Valera del Estado Trujillo. Désele entrada, numérese y fórmese expediente.
De la revisión del presente expediente, se observa: Que la Partida de Nacimiento cuya rectificación se solicita, fue asentada por ante el Registro Civil Municipal de la Parroquia Mercedes Díaz, jurisdicción del Municipio Valera del Estado Trujillo, fuera de la competencia territorial de este Tribunal, en consecuencia, conforme a lo establecido en el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda remitir las presentes actuaciones al Tribunal competente, el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque del Estado Trujillo, en virtud a que este Juzgado es incompetente para conocer del presente expediente, en tal sentido, se declina la competencia a dicho Juzgado, Y ASÍ SE DECIDE. Remítase el expediente original en su oportunidad. Anótese su entrada.
EL JUEZ

ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS

En la misma fecha se anota su entrada bajo el Nro.2453-16, del libro respectivo.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS