REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, ocho de agosto de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO Nº KP12-S-2016-000276.

La ciudadana FRANYELIS DEL CARMEN RODRÍGUEZ FERREIRA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.412.400, domiciliada en Carora, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara; asistida por la Abogada en ejercicio ZULAY MARBEL PERDOMO FERNÁNDEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 43.727, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Chiquinquira, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 487, Folio Número 489 frente, de fecha de presentación Dieciséis de Diciembre del año Mil Novecientos Ochenta y Dos (16-12-1982), por cuanto se incurrió en los errores al omitir el segundo apellido de su madre y al asentar el número de su cédula de identidad como: V-90.064.933, siendo lo correcto “FANNY DEL CARMEN FERREIRA CUBIDES”, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NUMERO “E-83.260.005” .
La solicitud se admitió acordándose publicar un Cartel por la prensa, para que cualquier persona interesada compareciera a impugnar la solicitud, dentro de los diez días de Despachos siguientes a la publicación y consignación que del mismo se hiciera, y notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, quedaron plenamente comprobados los errores asentados en el Acta de Nacimiento de la ciudadana FRANYELIS DEL CARMEN RODRÍGUEZ FERREIRA; consignado como fue el ejemplar de “El Caroreño” en fecha 06 de Julio de 2016, no compareció persona alguna a impugnar la solicitud y no habiendo objeción por parte del Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara en relación a lo solicitado, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de la madre de la solicitante como “FANNY DEL CARMEN FERREIRA CUBIDES”, titular de la cédula de identidad Nº E-83.260.005, quedando sin efecto “V-90.064.933”. En consecuencia, se ordena al Registrador Civil de la Parroquia Chiquinquira, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento antes descrita. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, a los Ocho (08) días del Mes de Agosto del año dos mil dieciséis. Años: 206º y 157º.
El Juez,

Abg. Rafael José Martínez Rivero

La Secretaria Temporal,

Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 41/2016, de la Sentencias Definitivas, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 3:55 p.m., y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temporal,

Abg. Migdaly Lozada de Uchelo