REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2016-000768

PARTE DEMANDANTE: JOSELIN ANTONIETA SUAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.405.029

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDANTE: PAOLA TERESA GÓMEZ ARIAS, Abogada en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 165.603.

PARTE DEMANDADA: PELUQUERÍA VANITI HAIR y la ciudadana MARYURID JAIMED VELASCO

ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADA: JESSIKA MEILIN ALJORNA ALVAREZ, Abogada en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.086.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 01 de diciembre de 2016 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CÉSAR ALVARADO, compareció por la parte demandada su apoderada judicial Abogada MEILIN ALJORNA ALVAREZ, Abogada en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 136.086. Así mismo, se hace contar que la parte demandante no compareció por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.


Abg. Dimas Roberto Rodríguez Millán
Juez

La Secretaria


Parte demandada Alguacil