REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO : KP02-S-2015-007948
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano: ALVARO JOAO DOS SANTOS FREIRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.688.206 y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogado ALEXANDER CARDOZA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 205.228, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud, edificadas sobre un lote de terreno PROPIO, según documento debidamente Autenticado por ante la Notaria Publica Segunda de Barquisimeto Estado Lara, bajo el N° 27, Tomo 53, de fecha 07-05-2012. Siendo admitida la misma y evacuados los testigos, los cuales son valorados por este tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones. Este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante, ciudadano: ALVARO JOAO DOS SANTOS FREIRE, antes identificado, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran planamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, en un lote de Terreno PROPIO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano: ALVARO JOAO SANTOS FREIRE, anteriormente identificado.-
Publíquese, incluso en la página Web de este Despacho, Regístrese, y Déjese Copia Certificada de la presente decisión en los archivos llevados por el Tribunal y devuélvanse los originales al solicitante. Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con Sede en el Edificio Nacional de la Ciudad de Barquisimeto, a los trece (13) días del mes de Enero de DOS MIL DIECISEIS (2016).-
AÑOS: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.-
EL JUEZ TEMPORAL
Abg. ERNESTO YEPEZ POLANCO
LA SECRETARIA
Abg. EMMA GARCIA
En la misma fecha se dictó, se registró y se publicó el anterior auto resolutorio dictado por este Tribunal y se expidió copia certificada para el archivo. Conste.
La Secretaria
EYP/EG/7.-