REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º

ASUNTO: KP02-V-2016-000109

Visto el escrito presentado por el ciudadano: Pedro Jesús Sulbaran Azuaje, cedula de identidad N° V- 16.001.770, debidamente asistido por la Abogado Analiesse Alvarado R. inscrita en el IPSA bajo el N° 80.358, al respecto, se observa que el mencionado ciudadano conviene en el presente procedimiento y reconoce en su contenido y firma el documento privado cursante al folio 4 de las presentes actuaciones y marcado “A”, suscrito entre su persona y el ciudadano: Wilman Antonio Sulbaran Azuaje, el cual, consiste en una compra-venta de un inmueble ubicado en la Avenida los Horcones cruce con calle 5, sector pueblo nuevo de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, este Tribunal en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente convenimiento. Asimismo devuélvase a la parte interesada junto con sus resultas.

El Juez,

Dr. Hilarion A. Riera Ballestero

El Secretario Acc.,

Abg. Edgar José Benitez Cohil