DECISION:
En Consecuencia y con mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 361, 242 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, al artículo 2 y 26 de la Constitución Nacional, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesta por la ciudadana: SERGIA RAMOS DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.758.352, en contra de la ciudadana: GRIZZLY JIMENEZ titular de la cedula de identidad Nº V- 14.229.876. En tal sentido se ordena pagar a la parte demandante ciudadana Sergia Ramos, ya identificada, el monto adeudado previa corrección monetaria, motivo por el cual se ordena experticia complementaria del fallo de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sede del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veintinueve (29) días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis. Años 206° y 156°.
La Juez Titular

Abg. Rosangela Sorondo
La Secretaria,

Abg. Milangela M. Jiménez
Exp. No. 2.039/15
En la misma fecha siendo las 2 y 25 p.m. se publicó la sentencia y se cumplió lo ordenado.-
La Secretaria,

Abg. Milangela M. Jiménez