Nro. 5180
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO. TRUJILLO, DIECIOCHO (18) DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISEIS (2.016).-
205° y 156°
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: VERONICA MERCEDES GUERRA FLORES, venezolana, mayor de edad, Abogada, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.400.841, domiciliada en el Estado Trujillo, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro 244.609, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: MARIA ROSANJELA LINARES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.919.136; mediante la cual solicita de este Tribunal, se declare como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, Del de Cujus ALFREDO JOSE LINARES quien era, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de ocupación Chofer, de Cincuenta y Un (51) años de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-5.793.947, residía en la Calle el Rosario, casa Nro.58, Parroquia Cristóbal Mendoza, Municipio y Estado de Trujillo, quien falleció el Nueve (09) de Noviembre de Dos Mil Quince (2.015), según consta del Acta de Defunción Nro.112, expedida el 25 de Noviembre del Dos Mil Quince (2.015), por ante la Oficina del Registro Civil y Electoral de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, la cual cursa a los folios 07 al 08 de la presente solicitud.
Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Partida de Nacimiento Nro. 455 de ALFREDO JOSE LINARES, expedida el 02 de Diciembre de 2.015, por ante la Oficina Registro Civil del Municipio Trujillo, Estado Trujillo. Acta de Defunción Nro.112, de ALFREDO JOSE LINARES, expedida el 25 de Noviembre de 2.015, por ante la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo. Copia fotostática de la cédula de identidad de la heredera y del extinto ALFREDO JOSE LINARES. Declaración de los testigos MIRIAM DEL CARMEN FERNANDEZ, APOLINAR BASTIDAS MALDONADO y ANTONIO JOSE PINEDA MARQUEZ, evacuado por ante este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito del Estado Trujillo.
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1.-) Partida de Nacimiento Del de Cujus ALFREDO JOSE LINARES, expedida el 02 de Diciembre de 2.015, con lo cual se evidencia que era hijo de MARIA ROSANJELA LINARES. 2- ) Acta de Defunción Nro.112, de ALFREDO JOSE LINARES, con lo cual se evidencia que falleció el 09 de Noviembre de 2.015, tal como lo alegó la solicitante. 3-). Declaración de los testigos MIRIAM DEL CARMEN FERNANDEZ, APOLINAR BASTIDAS MALDONADO y ANTONIO JOSE PINEDA MARQUEZ, rendidas por ante este Tribunal, el Veintinueve (29) de Enero del Dos Mil Quince (2.015), cursantes a los folios del 14 al 16 del presente expediente, quienes manifestaron, que si conocen de vista, trato y comunicación desde hace muchos años a la ciudadana MARIA ROSANJELA LINARES, y de igual manera conocieron a su hijo ALFREDO JOSE LINARES; que sí les consta que el fallecido ALFREDO JOSE LINARES, no tenia esposa y no dejó descendiente alguno; que si les consta que eso es cierto, que la señora MARIA ROSANJELA LINARES, fue la madre del extinto ALFREDO JOSE LINARES, y por consiguiente su Única y Universal Heredera; que si les consta que ALFREDO JOSE LINARES, falleció el 09 de Noviembre de 2.015, sin dejar testamento alguno.
Dichos testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA Del de Cujus ALFREDO JOSE LINARES, quien falleciera el Nueve (09) de Noviembre de Dos Mil Quince (2.015), según consta del Acta de Defunción Nro.112, expedida el 25 de Noviembre de 2.015, por ante la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Alcaldía del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo; a la ciudadana: MARIA ROSANJELA LINARES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.919.136, en su carácter de Madre del causante ALFREDO JOSE LINARES
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
De conformidad con lo solicitado expídanse por Secretaría Tres (03) Juegos de copias fotostáticas debidamente certificadas de todas las actuaciones, haciéndole entrega de las mismas con sus originales a la solicitante, así mismo déjese copia fotostática certificada en el Archivo de este Tribunal.-
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS
|