REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 205º y 156º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2015-001334


PARTE ACTORA: SORAYA COROMOTO PEÑA SARMIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.347.452.

ABOGADA DE LA PARTE ACTORA: MARIA VERÓNICA VARGAS MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 143.869.

PARTE DEMANDADA: TRACTO AGRO BARQUISIMETO C.A..

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO COSTA.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 25 de febrero de 2016, siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja constancia que según información aportada por el Alguacil encargado de anunciar la audiencia, CESAR ALVARADO, por la parte demandante no compareció nadie ni por si ni por apoderado judicial alguno, así mismo por la parte demandada no compareció nadie ni por si ni por apoderado judicial alguno. En tal sentido, vista la incomparecencia de la parte demandante de conformidad con lo previsto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte demandante no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.-


La Juez


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria


Abg. María Susana Hidalgo Torres
Alguacil