REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: KP02-V-2016-001745
Visto el CONVENIMIENTO, expresado en acta de inspección de fecha 20 de julio de 2016, anexada al cuaderno separado de secuestro, suscrito por la ciudadana LISLEY DEL VALLE GOMEZ RODRIGUEZ, anteriormente identificada en autos, las Firmas Mercantiles: L&E CONSULTORES GERENCIALES C.A. y EL CATIRE R.G.C.A. ambas representadas por la ciudadana EUKELI YASMIN ARRIETA PEREZ, identificada en autos, en su carácter de parte DEMANDADA, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes. Se da por terminado el presente expediente y se ordena devolver el mismo a la parte interesada junto con sus resultas.
El Juez,
Abg. Hilarión Riera Ballestero
El Secretario
Abg. Edgar José Benitez Cohil
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