REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Carora, 07 de junio de 2.016
Años 206º y 157º
KP12-V-2015-000297
SOLICITANTE: Hernán José Nelo Chambuco, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.943.993.
BENEFICIARIOS: (omitido de conformidad con lo establecido en la norma del articulo 65 LOPNNA).
En fecha 06 de junio de 2016, se recibió diligencia presentada por el ciudadano Hernán José Nelo Chambuco, ya identificado, quien solicitó se autorice al ciudadano Climaco Aquilino Nelo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 1.122.214, a los fines de que pueda viajar con sus nietos (omitido de conformidad con lo establecido en la norma del articulo 65 LOPNNA), a las distintas ciudades dentro del país, cuya cualidad de abuelo materno está demostrada mediante las partidas de nacimiento que corren en los folios 2, 3 y 6 de autos.
Este tribunal después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente expediente, considera que siendo el ciudadano Climaco Aquilino Nelo abuelo materno de los niños, quien es el primer llamado por la ley natural y legal para cuidar a sus nietos, está en condiciones para trasladarse con ellos por todo el territorio nacional con libertad, previa participación al padre sustituto, ciudadano Hernán José Nelo Chambuco, por tanto, se autoriza a los niños (omitido de conformidad con lo establecido en la norma del articulo 65 LOPNNA) a viajar con su abuelo Climaco Aquilino Nelo, ya identificado, por todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
“Asimismo, se les advierte a las autoridades competentes, que el referido ciudadano no tiene autorización alguna para trasladar a los niños fuera del país.”
Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo.
Regístrese y publíquese
LA JUEZ DE JUICIO
ABG. RAQUEL CASTILLO DE ZUBILLAGA
LA SECRETARIA
ABG. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se libró bajo el Nº 20- 2016 y se publicó siendo las 12:05 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-V-2015-000297
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