Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, veintidós (22) de Junio de dos mil dieciséis.-
EXPEDIENTE N° 738/2.013.-
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 738/2.013, siendo las partes: PATRICIA ELENA MANZANILLA DE GONZALEZ y CARLOS MANUEL MONTILLA DEL ROSARIO, Motivo: AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, la cual fue formulada en fecha 06 de Junio de 2.016, por la ciudadana arriba mencionada y cumplida como ha sido la citación de la parte demandada, se llevó a efecto el acto conciliatorio y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento: El ciudadano: CARLOS MANUEL MONTILLA DEL ROSARIO, ofrece la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 4.500,oo), mensuales y como BONIFICACION DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000,oo) y se compromete en cancelar la deuda antes de 31 de Junio del presente año; los gastos que se presenten por vestido, calzado, medicina, uniformes y útiles escolares; serán de manera compartida es decir 50% cada uno.-
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses del niño, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.-
La Juez Provisorio,
Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
En la misma fecha se publicó siendo la 9:30 a.m. y se dejó copia certificada en el archivo de este Tribunal.
La Secretaria,
Abg. Zulay Vergel Cañizalez.
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