JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, treinta (30) de marzo de dos mil dieciséis (2016). 206º y 157º.-


Vista la diligencia estampada en fecha 15 de marzo de 2016, al folio 348, por el abogado Juan Vicente Ramírez Granadillo, inscrito en Inpreabogado bajo el número 105.897, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil Mi Techo, C.A., por medio de la cual desiste de la apelación por él ejercida mediante diligencia de fecha 29 de junio de 2011, contra decisión dictada por el A quo el 3 de mayo de 2011; este Tribunal Superior Accidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN. Remítase el presente expediente al Tribunal de la causa, con oficio, previa anotación de su salida.

LA JUEZ SUPERIOR ACCIDENTAL,


Abog. CARMEN CECILIA ARAUJO ARAUJO

LA SECRETARIA,

Abog. RIMY RODRÍGUEZ A.



En la misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto que antecede y se remitió el referido expediente al Tribunal de la causa con oficio número 0540-216-2016.

LA SECRETARIA,