REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de marzo de dos mil dieciséis
205º y 157º
ASUNTO : KP02-V-2015-003358
Visto el CONVENIMIENTO, suscrito entre las partes, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, de todo de conformidad con lo establecido en ultimo aparte del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente.
El Juez
Abg. Hilarión Riera Ballesteros
El Secretario,
Abg. Edgar J. Benítez C