REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diecisiete ( 17 ) de Mayo de dos mil dieciséis
206º y 157º


ASUNTO: TP11-L-2015-000093
PARTE DEMANDANTE: GLORIA DEL CARMEN ANGEL DE MATERANO
APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE : --------------------------------------------------------
PARTE DEMANDADA: FUNDACION MISIÓN MADRES DEL BARRIO, ente adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA SUNTOS DE LA MUJER Y LA IGUALDAD DE GENERO..
APODERADO DE LA DEMANDADA: ----------------------------------------------------------------------
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS LABORALES



En el día de hoy, diecisiete ( 17 ) de Mayo de 2016, siendo las 9:30, a.m., del día y la hora fijado por el Tribunal para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, en la presente causa, el Juez de este Tribunal deja constancia de la INCOMPARECENCIA a la celebración de la Audiencia Preliminar de la parte demandante y de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderados Judicial alguno. Por tal motivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 206 ° y 157 °.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.



LA SECRETARIA


Abg. MERLI CASTELLANOS