JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, siete (7) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). 206º y 157º.-


Vista la diligencia estampada por la apoderada de la demandante el 31 de octubre de 2016, mediante la cual desiste del recurso de casación que anunció contra la sentencia dictada por esta superioridad el 16 de septiembre de 2016, y solicita sea remitido el expediente al tribunal de la causa, este Tribunal Superior obrando conforme a las previsiones del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil da por consumado tal desistimiento y ordena bajar este expediente al tribunal de la causa y remitirlo con oficio.

EL JUEZ SUPERIOR,



Abog. RAFAEL AGUILAR HERNÁNDEZ


LA SECRETARIA,



Abog. RIMY E. RODRÍGUEZ A.