REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: KP12-V-2016-000234
Demandante: Carlos Alberto Páez Álvarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.849.201.
Abogado: Keyla Eyesenia Tineo Peña, en su condición de Defensora Pública Auxiliar del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Demandado: María Lilibeth Riera Mosquera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.344.928.
Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención.
En fecha 22 de septiembre de 2.016, el ciudadano Carlos Alberto Páez Álvarez, ya identificado, en representación de su hija la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), debidamente asistida por la Defensora Pública abogada Keyla Eyesenia Tineo Peña, solicitó se citara a la madre de su hija, la ciudadana María Lilibeth Riera Mosquera, ya identificada a fin de ofrecer la Obligación de Manutención para su hija. En dicha oportunidad consignó copias certificada de la partida de nacimiento de su hija, constancia de trabajo, carta de residencia, emitida por el Consejo Comunal Caserío Mogollón de la Parroquia Montes De Oca y copia fotostática de su cédula de identidad.
En fecha 23 de septiembre de 2.016, se admitió la demanda, ordenándose la notificación de la demandada y oír la opinión de la niña.
En fecha 28 septiembre de 2016, se dejó constancia de la no comparecencia de la niña para expresar su opinión.
En fecha 26 de octubre de 2016, el ciudadano alguacil adscrito a este juzgado, consignó boleta de notificación librada a la demandada, debidamente firmada y recibida por José Piñango, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.937.945.
En fecha 27 de octubre de 2016, la suscrita secretaria certificó boleta de notificación, de conformidad con la norma del artículo 458 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 28 de octubre de 2016, se aboco la Juez Temporal y fue fijada la audiencia preliminar en su fase de mediación para el día lunes catorce (14) de noviembre de 2016, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), entre los ciudadanos Carlos Alberto Páez Álvarez y María Lilibeth Riera Mosquera, ya identificados, de conformidad con la norma del artículo 467 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 14 de noviembre de 2016, fecha día y hora fijada para llevarse a cabo la audiencia Preliminar en su fase de mediación, entre los ciudadanos Carlos Alberto Páez Álvarez y María Lilibeth Riera Mosquera, ya identificados, se dejó expresa constancia de la no comparecencia de las partes tanto demandante como demandada, es por ello que de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró desistido el procedimiento.
DECISIÒN
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Desistida la demanda de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano Carlos Alberto Páez Álvarez, contra la ciudadana María Lilibeth Riera Mosquera, ya identificados, y terminado el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo. Asimismo, se ordena el archivo del presente asunto y su respectiva remisión al archivo judicial.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 15 de noviembre de 2016. Años. 206º y 157º.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION
ABG. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
ABG. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 522- 2.016 y se publicó siendo las 11:20 a.m.
LA SECRETARIA
ABG. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-V-2016-000234
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