REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : KP02-S-2016-003822
SOLICITANTE: EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.608.169 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: ROBERTO COLMENAREZ I.P.S.A. Nº 153.053 y de este domicilio.
Motivo: RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO.
En fecha 06 de Julio de 2016, el ciudadano EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO, ya identificado, debidamente asistido por el Abogado Roberto Colmenárez, Nº 153.053, presentó solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, en la cual indicó que: “Consta de la Partida de Matrimonio Nº 274, inscrita ante el Juzgado Cuarto de Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 16/07/2009, ya que en la misma no se coloco su primer apellido, por cuanto su nombre completo es: EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO y le fue colocado erróneamente: EDGAR ANTONIO CASTILLO”. Asimismo el solicitante acompañó a la solicitud con copia certificada de Acta de Matrimonio, copia certificada del Acta de Nacimiento y fotocopia de la Cédula de Identidad del solicitante. En fecha 22 de Septiembre de 2016, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, se ordenó notificar al Ministerio Público y librar edicto para su publicación en un diario de mayor circulación regional. -------------------------------------------------------------------------------
En fecha 17 de Octubre de 2016, la Alguacil de este Tribunal consignó boleta de notificación para la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, debidamente firmada.-----------------------------------------------------------------
En fecha 17 de Octubre de 2016, compareció el ciudadano EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO, ya identificado y consignó ejemplar del diario El Impulso, donde se publicó debidamente el edicto ordenado. -------------
Este Juzgado para decidir observa: ------------------------------------------------
Vista el acta de matrimonio del solicitante así como los recaudos con los cuales acompañó la solicitud, observándose el error cometido en el Acta de Matrimonio del ciudadano EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO, antes identificado y por cuanto se verificó que la presente solicitud procede en Derecho, de conformidad a lo establecido en los artículos 768 y 769 del Código Procedimiento Civil, este juzgador debe ACORDAR la Rectificación del Acta de Matrimonio solicitada.-----------------------------------------------------------------------------
DECISIÒN.
En base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, incoada por el ciudadano EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO, ya identificado, y en consecuencia, se ordena rectificar el Acta de Matrimonio de conformidad con los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, asentada por ante los Libros del Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, hoy en día Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara. En consecuencia, Corríjase el Acta de Matrimonio del solicitante siendo lo correcto: EDGAR ANTONIO SANDOVAL CASTILLO. Así se decide. En consecuencia, ofíciese lo conducente a los organismos respectivos. -------------------------------------------------
Regístrese y publíquese. Expídanse las copias certificadas a la parte solicitante, y devuélvanse los originales, una vez consignadas las copias simples respectivas. ------------------------------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, catorce (14) de Noviembre de 2016. Años 206° y 157°.---------------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez
Abg. Hilarión A. Riera Ballestero
El Secretario,
Abg. Edgar J. Benítez C.
En esta misma fecha se publico siendo las 02:00 pm.
El Secretario
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