REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JIMÉNEZ Y ANDRÉS ELOY BLANCO DE LA
CIRCUSNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 23 de Noviembre de 2016
Años: 206º y 157º

SOLICITUD: 1.914/15
Solicitante: AQUILINA DEL CARMEN PERALTA DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la cédula de identidad N°: V-5.252.688, domiciliada en el Caserío La Costa, Municipio Jiménez del Estado Lara.
Asistido por: Abg. JOSE H EPRAZA M, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 158.757.
Motivo: Titulo Supletorio.
En fecha 13 de Abril de 2015, compareció la ciudadana: AQUILINA DEL CARMEN PERALTA DE MENDEOZA, ya identificada, presentaron escrito solicitando se le expida título supletorio, que le garantice la plena propiedad y dominio sobre unas bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, sobre un lote de terreno perteneciente a la POSESIÓN MENDOCERA, ubicado en el Caserío La Costa, vía San Miguel, Jurisdicción de la Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del Estado Lara, con un área de terreno de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTIMETROS (2.480,09 M2) con un área de construcción de CIENTO CUARENTA CUATRO METROS CUADRADOS (144 M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: En Línea de Ochenta Metros (80,00 mts), con Ocupaciones que son o fueron de Juan Mendoza; SUR: En tres líneas rectas, la primera en Línea de Cuarenta Metros (40,00 mts), La segunda en Línea de Veinte y Seis Metros (26,00 mts), y la Tercera en línea de dieciséis metros (16,00 mts), con ocupaciones que son o fueron de Reinaldo Mendoza; ESTE: En Línea de Veinte y Seis Metros (26,00 mts), con Ocupaciones que son o fueron de Engracia Mendoza; y por el OESTE: En Línea de Quince Metros (15,00 mts), con ocupaciones que son o fueron de Ana Mendoza. Las referidas bienhechurías constan en: una vivienda constituida en tres habitaciones, una (01) cocina, un (01) baño, una (01) sala, un recibo, un comedor, un corredor al frente, un corredor en la parte de construido con un techo de zinc, con paredes de bloque, piso de cemento pulido, ventanas y puertas de hierro, techo de acerolit, cercada con alambres de púas sobre estantillos de madera.-
Consignó junto a la solicitud, original de la constancia de ocupación emitida por el Consejo Comunal, original del levantamiento parcelario emitido por la Dirección de Catastro Municipal. (Folios 01 al 04).
En fecha 16 de Abril 2015, por auto expreso se le dio entrada a la presente Solicitud bajo el Numero 1.914/15, requiriéndole consignar algunos requisitos para procesar su admisión. Folio 05).
En fecha 16 de Junio de 2015, compareció el Abogado José Peraza y Consigno Copia Simple del Documento de la Posesión la Mendocera a fin de que sea certificada a efectos Videndi y consigno autorización del Derechante. (Folio 06 al 08).

En fecha 19 de Junio de 2015, se admitió en cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, y conforme al artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se ordeno oír la declaración de los testigos que presente la parte solicitante. (Folio 10).
El día 30 de Junio de 2015, se escuchó la declaración de los testigos: SILVESTRE NANY RODRIGUEZ ARROYO Y LEIDA ZULAY MATHEUS JIMENEZ, venezolanos, Mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.964.895 y V-7.465.204 respectivamente. (Folio 11 y 12).
En fecha 30 de Junio de 2016, compareció el Ciudadano CARLOS OLINDO MENDOZA RODRIGUEZ y Consigno autorización como Derechante. (Folio 13).
En fecha 10 de Noviembre de 2016, compareció el Ciudadano CARLOS OLINDO MENDOZA RODRIGUEZ y Consigno diligencia especificando el área del terreno que le pertenece. (Folio 13).
Este Tribunal observa:
PUNTO PREVIO:
El abogado Simón Antonio Ramírez Díaz, en su carácter de Juez Provisorio y conforme a designación de Fecha 02 de Noviembre del 2016, efectuada por la Comisión Judicial Del Tribunal Supremo de Justicia, se AVOCA al conocimiento del presente Solicitud.
Vistos los recaudos acompañados a la solicitud y de la revisión del levantamiento parcelario, emitido por la Dirección de Catastro Municipal, del cual se desprende que el terreno pertenece a la POSESIÓN LA MENDOCERA, ubicado en el Caserío La Costa, vía San Miguel, Jurisdicción de la Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del Estado Lara, con un área de terreno de DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTIMETROS (2.480,09 M2) con un área de construcción de CIENTO CUARENTA CUATRO METROS CUADRADOS (144 M2), comprendido de los siguientes linderos: NORTE: En Línea de Ochenta Metros (80,00 mts), con Ocupaciones que son o fueron de Juan Mendoza; SUR: En tres líneas rectas, la primera en Línea de Cuarenta Metros (40,00 mts), La segunda en Línea de Veinte y Seis Metros (26,00 mts), y la Tercera en línea de dieciséis metros (16,00 mts), con ocupaciones que son o fueron de Reinaldo Mendoza; ESTE: En Línea de Veinte y Seis Metros (26,00 mts), con Ocupaciones que son o fueron de Engracia Mendoza; y por el OESTE: En Línea de Quince Metros (15,00 mts), con ocupaciones que son o fueron de Ana Mendoza. Las referidas bienhechurías constan en: una vivienda constituida en tres habitaciones, una (01) cocina, un (01) baño, una (01) sala, un recibo, un comedor, un corredor al frente, un corredor en la parte de construido con un techo de zinc, con paredes de bloque, piso de cemento pulido, ventanas y puertas de hierro, techo de acerolit, cercada con alambres de púas sobre estantillos de madera.-
Así las cosas, de los documentos anexos a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer al solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana: AQUILINA DEL CARMEN PERALTA DE MENDOZA, venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la cédula de identidad N°: V-5.252.688, de las bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal ocupada de manera quieta, pacífica y notoria, sobre un lote de terreno POSESIÓN LA MENDOCERA, ubicado en el Caserío La Costa, vía San Miguel, Jurisdicción
de la Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del Estado Lara. Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Lara, el 23 de Noviembre de 2016. Años: 206º y 157º. Cúmplase.
El Juez Provisorio,
Abog. Simón R. Ramírez D.
La Secretaria,
Abog. Milangela Jiménez
SARD/mj/cm