Solicitud Nro. 5251
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO: TRUJILLO, PRIMERO (01) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS. (2016)
206° y 157°
Vista la solicitud con sus recaudos anexos, presentada por el ciudadano: Víctor Manuel Perdomo Barreto. Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 12.940.019, asistido por el Abogado Luis Alberto Briceño Cáceres, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.96.569; mediante la cual solicita que la ciudadana: Milagros José Perdomo Mantilla, sea declarada como Única y Universal Heredera de la de Cujus: Milagros del Valle Montilla Montilla, quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.957.293, y falleció en fecha 14 de Enero de 2016, según consta del Acta de Defunción, expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nro.36, la cual cursa al folio 02 del presente expediente. Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: Copia Certificada del Acta de Defunción de la extinta: Milagros del Valle Montilla Montilla; Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana: Milagros José Perdomo Montilla; Declaración de los testigos, ciudadanos Manuel Ignacio Cano y Jesús Enrique Daboin Vásquez.
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas y observa: 1-) Acta de Defunción de la causante Milagros del Valle Montilla Montilla, en la cual se constata que la misma falleció el 14 de Enero de 2016. 2-) Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana: Milagros José Perdomo Montilla, en la cual se evidencia que fue hija de la mencionada causante Milagros del Valle Montilla Montilla y del ciudadano Víctor Manuel Perdomo Barreto. 3-) Declaración de los testigos, ciudadanos Manuel Ignacio Cano y Jesús Enrique Daboin Vásquez, rendidas ante este Tribunal, en fecha 21 y 22 de Julio de 2016, quienes manifestaron, que conocieron a la ciudadana: Milagros del Valle Montilla Montilla, que era la madre de la ciudadana: Milagros José Perdomo Montilla, y de igual manera les consta que la referida falleció el 14 de Enero de 2016, que la ciudadana Milagros José Perdomo Montilla es la Única y Universal Heredera de la Causante Milagros José Perdomo Montilla. Dichos testigos le merecen fe a este Juzgador, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de Cujus MILAGROS DEL VALLE MONTILLA MONTILLA, quien falleciera en fecha 14 de Enero de 2016, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Trujillo del Estado Trujillo, a la ciudadana: MILAGROS JOSE PERDOMO MONTILLA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-27.466.989, en su condición de hija de la causante MILAGROS DEL VALLE MONTILLA MONTILLA.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
En virtud a lo requerido por la parte promovente, en el escrito de solicitud, se acuerda expedir por Secretaría Tres (3) copias fotostáticas, debidamente certificadas de todas estas actuaciones, haciéndose entrega de las mismas a la parte interesada.
Así mismo, se acuerda hacer entrega de estas actuaciones en original al solicitante, dejándose copias fotostáticas, debidamente certificadas por Secretaría en el Archivo de este Juzgado.
EL JUEZ


ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL


ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS