TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONO Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, OCHO (08) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

206° y 157°

EXPEDIENTE Nº. 2263-2009.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA

Que el obligado alimentario, ciudadano: NILSON JAVIER MEJÍA D´SANTIAGO, venezolano, de cuarenta (40) años de edad, soltero, de profesión u oficios Enfermero en el Instituto Nacional de Asistencia y Servicios Sociales (I.N.A.S.S.,) antiguamente INAGER, ubicado en la Primera Sabana, Callejón San José, Parroquia EL Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad Nº V-13.959.251, domiciliado en el Sector Valle Verde II, al final de la Calle San Miguel, Casa S/Nº, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo, en fecha tres (03) de Noviembre del año en curso, ofreció la cantidad adicional de: NUEVE MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 9.600,00), para un total de: DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000.00) MENSUALES, igualmente el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre como bono vacacional y bonificación de fin de año (aguinaldos), así como también el 50% en cuanto a gastos relacionados a vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, medicina, asistencia médica cuando se amerite y otros gastos que se puedan presentar; los cuales fueron aceptados por la madre actora en esta misma fecha ciudadana: MARÍA ELENA GONZÁLEZ, venezolana, de treinta y dos (32) años de edad, soltera, de profesión u oficio Técnico Superior en Enfermería, titular de la cédula de identidad Nº V-15.941.975, domiciliada en el Sector Valle Verde, Calle San Miguel, Casa S/Nº, Parroquia El Carmen, Municipio Boconó Estado Trujillo, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior del niño: JESÚS DANIEL MEJIA GONZÁLEZ, (beneficiario) en tanto que lógicamente esos beneficios se usará en la satisfacción parcial de las necesidades del menor.-