REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO Nº KP12-S-2015-000800.
Vista la solicitud de Divorcio contemplada en el Articulo 185-A del Código Civil Venezolano, recibida por éste Juzgado en fecha Cuatro (04) de Diciembre del año Dos Mil Quince (2015), presentada por los ciudadanos PABLO JOSE PIÑA RIVERO y AIDA COROMOTO CABRERA de PIÑA, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.566.713 y V-5.934.583, respectivamente, asistidos por el Abogado en ejercicio JORGE LUIS SUAREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº. 190.737, en relación a la disolución del vínculo conyugal que mantienen, alegando que tienen más de cinco (05) años de ruptura prolongada de la vida matrimonial en común, que durante la unión procrearon cuatro (04) hijos de nombres: CARMEN GREGORIA PIÑA CABRERA, ALBERT ANTONIO PIÑA CABRERA, AIDA CAROLINA PIÑA CABRERA y ALBENIS JOSE PIÑA CABRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 16.440.446, V-17.942.028, V-17.942.032 y V-20.249.866, respectivamente. La misma fue admitida en fecha nueve de Diciembre de dos mil quince. En fecha 16 de Diciembre de 2.015, el ciudadano Pablo José Piña Rivero, anteriormente identificado, asistido por el Abogado Luís Suárez Pernalete, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 190.737, recibe conforme edicto para su publicación. En fecha 07 de Enero de 2.016, Abogado Luís Suárez Pernalete, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 190.737, consigna edicto debidamente publicado en la prensa. Por auto de fecha 22 de Enero de 2016 (f. 09), se ordena librar Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Público, líbrese oficio al Jefe de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal con sede en la Ciudad de Barquisimeto a los fines de que distribuya entre los Tribunales de Municipio competente. En fecha 12 de Agosto de 2.016, Abogado Luís Suárez Pernalete, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 190.737, solicita se sirva citar al ciudadano Fiscal del Ministerio Publico. Por auto de fecha 22 de Septiembre de 2016 (f. 13), se ordena librar Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Público. Con oficio Nº 2016-352, emanado del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se recibió Despacho de Comisión.
Este Tribunal para decidir observa:
Por cuanto se encuentran llenos los requisitos establecidos en el artículo 185-A del Código Civil, las partes están contestes en afirmar que tienen más de cinco (05) años separados de hecho y citado el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, en la oportunidad legal correspondiente no objetó nada que desvirtuara lo alegado por las partes, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio por el Articulo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos PABLO JOSE PIÑA RIVERO y AIDA COROMOTO CABRERA de PIÑA, antes identificados, en relación a la disolución del vinculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 20 de Mayo de 1983, en uno de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por Secretaría y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, a los Veinticuatro días del mes de Octubre de 2016. Años: 206º y 157º.
El Juez Provisorio,
Abg. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
El Secretario Temp,
Abg. EILER JOSE PEREZ.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 42/2016, de la Sentencias definitiva, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo la 10: 30 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
El Secretario Temp,
Abg. EILER JOSE PEREZ.
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