REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara - sede Barquisimeto.

Barquisimeto, veintiocho (28) de abril de 2017
206º y 158º

ASUNTO: KP02- V-2017-000467

Demandante: CARLOS LUIS FREITEZ, venezolano(a), mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.881.032.
Demandado: LISBETHZY MERCEDES SUAREZ NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-18.045.959.
Beneficiario: (IDENTIDAD OMITIDA), de 09 años de edad. F N, 12-05-2007. Fecha de entrada: 17-02-2017.
Motivo: Responsabilidad de Crianza (Custodia), DESISTIDO de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De los hechos
En fecha miércoles veintiséis (26) de abril de 2017, siendo las dos de la tarde (02:00 pm) oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Mediación, fijada en auto de fecha 17 de abril de 2.017, entre los ciudadanos CARLOS LUIS FREITEZ y LISBETHZY MERCEDES SUÁREZ NAVARRO, titulares de las cédulas de identidad Nºs 13.881.032 y 18.045.959 respectivamente, Previo anuncio por el alguacil de este Circuito Judicial, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada ciudadana Lisbethzy Mercedes Suárez Navarro, portadora de la cédula de identidad Nº 18.045.959, no encontrándose presente la parte demandada ciudadano Carlos Luis Freitez, ni por si ni por medio de apoderado judicial, por lo que la ciudadana Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Isabel Victoria Barrera Torres, procediendo conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de forma inmediata dicto la Sentencia en forma Oral y profiriendo el fallo declarando el desistimiento de la actora al procedimiento.
Dispositiva
En virtud de la inasistencia de la parte actora a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el artículo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de Responsabilidad de Crianza (Custodia), incoado por ciudadana (o) CARLOS LUIS FREITEZ, contra ciudadana (o) LISBETHZY MERCEDES SUAREZ NAVARRO, quedando extinguida la Instancia, pudiendo presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. Dada, sellada y firmada en Barquisimeto veintiocho (28) de abril de Dos Mil diecisiete (2017). Años 206º y 158º.
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION
Abg. ISABEL VICTORIA BARRERA TORRES

La Secretaria

En la misma fecha se público y se registro quedando anotada bajo el Nº 772-2017, siendo las 09:54 a.m. La Secretaria


KP02- V-2017-000467
IVBT/Abg. Robersi.-
28-04-2017