TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTE (20) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
207º y 158º
EXPEDIENTE Nº. 2.656-2.010.-
EN EL PRESENTE CASO EL TRIBUNAL: OBSERVA
Que el Demandado de autos, ciudadano: ANTONIO JOSÉ CARMONA DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-14.739.512, de profesión u oficios Agricultor, domiciliado en el Sector el Chamizal, Carretera Principal, Vía Tostós, Casa S/N°, Parroquia San José de Tostós, Municipio Boconó Estado Trujillo; en fecha seis (06) de Abril del presente año, ofreció como AUMENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, la cantidad adicional de: VEINTITRÉS MIL BOLIVARES (Bs. 23.000,oo), para un total de: VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000.00) MENSUALES; a favor de la niña: CAMILA VALENTINA CARMONA GARCÍA; así como también el doble de dicha cantidad en los meses de Agosto y Diciembre como Bono Vacacional y Bonificación de Fin de Año (aguinaldos); y el 50% en lo referente a vestuario, calzado, uniformes, útiles escolares, medicina, asistencia médica y otros gastos que se puedan presentar; todo lo cual fue aceptado en fecha 17-04-2.017; por la ciudadana: YULY COROMOTO GARCÍA, venezolana, de cuarenta (40) años de edad, soltera, de profesión u oficios Auxiliar de Preescolar, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.117.620, domiciliada en la Calle Urdaneta, Casa N° 1-20, Parroquia y Municipio Boconó Estado Trujillo, actuando en su carácter de Madre de la niña antes mencionada, hechos configurativos del CONVENIMIENTO, a que se contrae en Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño (a) y del Adolescente, porque la primera prioridad a los fines del establecimiento de este beneficio le otorga a los padres debiendo el Tribunal simple y llanamente, que HOMOLOGARLO, porque se considera ese acuerdo acorde al interés superior de la niña: CAMILA VALENTINA CARMONA GARCÍA, (beneficiaria) en tanto que lógicamente esos beneficios se usarán en la satisfacción parcial de sus necesidades.-
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